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EL SENADOR ALEJANDRO GONZÁLEZ YÁÑEZ Y EL DIPUTADO DE DURANGO RIGOBERTO QUIÑONEZ SAMANIEGO INCUMPLIERON CON LA LEY ELECTORAL: SALA ESPECIALIZADA

21/marzo /2019 / Sala Regional Especializada 7/2019

CDMX

 

 
El Partido Duranguense, el PAN y Movimiento Ciudadano denunciaron al PT, a Alejandro González Yáñez, a Rigoberto Quiñonez Samaniego y a Claudia Julieta Domínguez Espinoza, senador, diputado y diputada locales de Durango, respectivamente, por la realización del programa “Radio Gestión Social”. Según la denuncia, supuestamente, este se pagó con recursos públicos y durante el mismo se entregaron dádivas para incidir en el proceso electoral estatal. Además, a su consideración, en el programa la y los denunciados difundieron propaganda a su favor y del PT, para destacar sus acciones como servidores públicos.

Se determinó que:
• El senador y el diputado local sí realizaron promoción personalizada, al promover su imagen y las acciones de su cargo, durante el programa de radio. En tanto, las intervenciones de Claudia Julieta Domínguez Espinoza fueron para gestionar la solución de problemas ciudadanos, por lo que no incumplió la ley.
• El senador es el único responsable de usar indebidamente los recursos públicos, pues presentó las facturas por el pago de las transmisiones.
• No se contrató o adquirió tiempo en radio, dado que el contenido del programa no hace referencia al proceso electoral, candidaturas o fuerzas políticas.
• Tampoco se acreditó la entrega o promesa de dádivas por parte de la y los denunciados con el fin de influir en las preferencias electorales de la ciudadanía, pues no hubo condicionamientos para otorgarlas.

Por las faltas de los legisladores González Yáñez y Quiñonez Samaniego, se comunica la sentencia a la Mesa Directiva del Senado y al Congreso de Durango, respectivamente, para que determinen lo correspondiente.

Por otra parte, esta Sala Especializada advirtió el uso de expresiones sexistas por parte del senador en el programa de radio, por lo que se le hace un llamado de atención.
Además, se comunica la sentencia al INAI por el posible mal uso de datos personales de una menor de edad que llamó por teléfono al programa.

Finalmente, se solicita a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE que inicie un procedimiento especial sancionador a Grupo Radiodigital Siglo XXI, S.A. de C.V., y a Grupo Radiocentro S.A.B. de C.V., por la posible comisión de promoción personalizada de los servidores públicos.

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