Se resuelven asuntos relacionados con registro de candidaturas para elección de autoridades auxiliares en Morelos
15/marzo /2019 / Sala Regional Ciudad de México 13/2019
Ciudad de México
- La Junta Electoral Municipal deberá pronunciarse respecto de la procedencia del registro de candidatos a la Ayudantía Municipal de San José Vista Hermosa
La Sala Regional Ciudad de México ordenó a la Junta Electoral Municipal de Puente de Ixtla, Morelos, se pronuncie respecto de la procedencia del registro de la candidatura de Marco Antonio Bahena Mendoza y Carlos Ponce Ramírez para contender en la elección de la Ayudantía Municipal de San José Vista Hermosa.
Lo anterior, porque la negativa de recibir la solicitud de registro de su candidatura –como fórmula de propietario y suplente de Carlos Ponce Ramírez y Marco Antonio Bahena Mendoza– bajo el argumento de que uno de los aspirantes no anexó la constancia de residencia emitida por el Ayuntamiento, es contraria al principio pro persona contenido en la Constitución.
Aunado a que, la autoridad municipal pasó por alto que el requisito de acreditar la residencia en el Municipio o población en la que se ejercerá el cargo solamente con la constancia expedida por el Ayuntamiento, resultaba una restricción innecesaria, pues tal documento no es la única manera de comprobarlo.
En consecuencia, en caso de ser procedente el registro, deberá implementar los mecanismos necesarios para que la planilla pueda participar y ser votada en la elección el próximo diecisiete de marzo.