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Se resuelve asunto relacionado con renovación de Junta Auxiliar en Puebla, asignación de recursos a Movimiento Ciudadano en CdMX y registro de Nueva Alianza como partido local en Tlaxcala

5 /marzo /2019 / Sala Regional Ciudad de México 10/2019

Ciudad de México

  • Se ordena al Tribunal Electoral de Puebla conocer la controversia relacionada con la renovación de la Junta Auxiliar de Piedras Negras, ayuntamiento de Jalpan
  • Se confirma pérdida del derecho de obtener recursos locales al partido Movimiento Ciudadano en CdMx
  • Se confirma registro de Nueva Alianza como partido local en Tlaxcala

Se ordena al Tribunal Electoral de Puebla conocer la controversia relacionada con la renovación de la Junta Auxiliar de Piedras Negras, ayuntamiento de Jalpan

La Sala Regional Ciudad de México en el Juicio de la Ciudadanía 35 del año en curso, revocó la determinación del Tribunal Electoral de Puebla, que desechó el medio de impugnación promovido por un ciudadano para controvertir los resultados del plebiscito para elegir la Junta Auxiliar de Piedras Negras en el Municipio de Jalpan.

Lo anterior ya que una de las cuestiones alegadas por el candidato era que contaba con la calidad de candidato, por lo que no podía desecharse su juicio por carecer de tal calidad, además, se debió considerar que dicho medio de impugnación se promovió en tiempo.

En consecuencia, el Tribunal local deberá conocer y resolver la controversia de origen.

Se confirma pérdida del derecho de obtener recursos locales al partido Movimiento Ciudadano en CdMx

La Sala Regional Ciudad de México validó la determinación del Tribunal Electoral de la Ciudad de México, que confirmó el Acuerdo del Instituto Electoral local que declaró la pérdida del derecho de Movimiento Ciudadano a recibir recursos públicos locales, al no haber obtenido el tres por ciento de la votación válida emitida en alguna de las elecciones locales en el proceso electoral 2017-2018.

Lo anterior al resolver el Juicio de Revisión Constitucional Electoral 1 del año en curso y al considerar, entre otros aspectos, que la sentencia combatida se encuentra ajustada a Derecho, pues realizó una correcta interpretación de las normas relacionadas con el derecho a recibir financiamiento público local por parte de un partido político que, como en el caso acontece, aun conservando su registro nacional, no alcanzó el tres por ciento de la votación válida emitida en alguna de las elecciones locales previas.

Se confirma registro de Nueva Alianza como partido local en Tlaxcala

En el Juicio de Revisión Constitucional Electoral 3 del año en curso, la Sala Regional Ciudad de México confirmó la determinación del Tribunal Electoral de Tlaxcala que validó el acuerdo por el que se aprobó el registro local del Partido Nueva Alianza.

Lo anterior debido a que fue conforme a Derecho la interpretación realizada por el Tribunal local respecto del convenio de candidatura común para tener por satisfecho el requisito sobre el número de postulaciones que debió realizar Nueva Alianza en el pasado proceso electoral para obtener su registro como opción política en el estado.