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DESECHA SALA TOLUCA DEL TEPJF JUICIOS CIUDADANOS RELACIONADOS CON ACTOS QUE CORRESPONDEN A LA ETAPA DE PREPARACIÓN DE LA ELECCIÓN.

11/junio /2015 / Sala Regional Toluca 48/2015

Toluca de Lerdo, Edo. de Méx., a

En sesión pública celebrada en esta fecha, el pleno de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió dos juicios ciudadanos acumulados promovidos por María Judith Pineda Álvarez y otros, en contra de una sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de México.

En sus demandas, los promoventes pretendían que se les registrara para cargos de elección popular en la referida entidad federativa.

En el análisis de los asuntos, los integrantes del pleno consideraron, por mayoría votos, desechar de plano las demandas, al actualizarse la causal de improcedencia relativa a la irreparabilidad del acto reclamado, ya que con independencia de que pudieran resultar fundados o infundados los agravios esgrimidos por las demandantes, la jornada electoral se llevó a cabo el pasado siete de junio, de ahí su improcedencia.

La magistrada María Amparo Hernández Chong Cuy, refirió no estar de acuerdo con el proyecto, ya que consideró que con independencia de que haya pasado la jornada electoral y de que efectivamente son irreparables algunas cuestiones, existen los lugares que se disputan todavía posteriores a la jornada, como lo son los espacios de los cabildos mediante el sistema de representación proporcional y en los cuales cobra relevancia el lugar en que quedaron registrados los candidatos, y que por estas razones no afecta o no debe llevar a no resolver de fondo el Juicio de que se trata.

Por su parte el magistrado Juan Carlos Silva Adaya apuntó que el requisito de definitividad establecido en la Constitución como en precedentes de la Sala Superior del TEPJF que debe respetarse en las etapas electorales, es extensivo a los medios de impugnación, y considerando la fecha en que se recibió la documentación, ya había concluido la etapa correspondiente, por otro lado y considerando que ya se llevó a cabo la jornada electoral, debe de respetarse la voluntad que expresaron los electores al emitir su voto.

Finalmente refirió que todavía el sábado 6 de junio en la madrugada mediante la sesión pública todavía se ordenó se hicieran modificaciones, pero con la diferencia de que no se había llevado a cabo la elección.

En la sesión pública celebrada en esta fecha se resolvieron 4 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, un juicio de revisión constitucional electoral y un juicio electoral.

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