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LA SALA REGIONAL GUADALAJARA REVOCA RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE SONORA

10/junio /2015 / Sala Regional Guadalajara 41/2015

Guadalajara, Jal.

La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió en el juicio de revisión constitucional electoral 107 del presente año, promovido por el Partido Acción Nacional (PAN), a fin de impugnar del Tribunal Estatal Electoral de Sonora, la sentencia dictada en el Recurso de Apelación 63 de 2015 que confirmó el acuerdo recaído al procedimiento especial sancionador que declaró inexistente las infracciones atribuidas a David Homero Palafox Celaya y otros, por la probable realización de actos anticipados de campaña.

La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió en el juicio de revisión constitucional electoral 107 del presente año, promovido por el Partido Acción Nacional (PAN), a fin de impugnar del Tribunal Estatal Electoral de Sonora, la sentencia dictada en el Recurso de Apelación 63 de 2015 que confirmó el acuerdo recaído al procedimiento especial sancionador que declaró inexistente las infracciones atribuidas a David Homero Palafox Celaya y otros, por la probable realización de actos anticipados de campaña.

En el presente caso, se advierte la publicación de espectaculares en bardas y entrega de sandalias con propaganda electoral, por lo que se le acusó de posicionarse ante el electorado como candidato por el citado instituto político para el distrito X en Sonora, previo al lapso previsto por la ley. En consecuencia, al estar colmados los requisitos de procedencia y procedibilidad del medio de impugnación, se estudiaron los conceptos de agravio como la falta de exhaustividad de la sentencia dictada por el órgano local de dicha entidad.

La Sala Regional Guadalajara, estimó sustancialmente fundado y suficiente para revocar la resolución impugnada derivado de la falta de exhaustividad y propuso ordenar al citado Tribunal Local de Sonora, que emita una nueva resolución en la que, en cumplimiento al principio de exhaustividad, estudie los puntos en que fue omiso en pronunciarse.

En mérito de las consideraciones anteriores y razones expuestas, el Pleno de la Sala Regional Guadalajara por unanimidad de votos revocó la resolución impugnada del Tribunal Estatal Electoral de Sonora.

En la sesión pública celebrada el diez de mayo de 2015, la Sala Regional Guadalajara resolvió cinco juicios de revisión constitucional electoral.