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LA SALA SUPERIOR ORDENÓ AL INE MODIFICAR EL ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINAN LOS GASTOS DE PRECAMPAÑAS

25/febrero /2015 / Sala Superior 47/2015

México, D. F., a

• En la sentencia se estableció que dicha autoridad debe implementar el sistema de contabilidad en línea para garantizar la rendición de cuentas de los partidos políticos
• Se revocan sanciones por informes de ingresos y egresos del proceso electoral federal 2011-2012

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), que modifique el acuerdo por el que se determinan los gastos de precampañas y para la obtención del apoyo ciudadano, así como los medios para el registro y clasificación de ingresos y gastos correspondientes al proceso electoral federal y local 2014-2015.

El Pleno estableció que la autoridad responsable deberá realizar las acciones necesarias para alcanzar la implementación del sistema de contabilidad en línea de los ingresos y gastos de los partidos políticos aspirantes, precandidatos y candidatos durante los comicios en curso.

Lo anterior, al advertir una omisión por parte del Instituto para darle materialidad a los postulados de la reforma constitucional de 10 de febrero de 2014.

El magistrado ponente, Constancio Carrasco Daza dijo que derivado de la reciente reforma en materia político-electoral, es facultad del INE hacer realidad el sistema de contabilidad en línea para garantizar una efectiva y oportuna rendición de cuentas por parte de los institutos políticos hacia la ciudadanía; sin embargo, afirmó que se advierte un retraso por parte del organismo para cumplir esta función.

Por su parte, el magistrado Pedro Esteban Penagos López explicó que corresponde al Instituto eficientar el sistema de contabilidad en línea para darle efectividad al contenido de la ley, así como garantizar la máxima publicidad en los ejercicios fiscales de los institutos políticos y de sus candidatos.

Al respecto, el magistrado Flavio Galván Rivera destacó que las leyes se han perfeccionado y consideró necesario que en estas elecciones intermedias se apliquen las nuevas disposiciones establecidas en la reciente reforma en materia político-electoral, como la contabilidad y fiscalización en línea, para tener un resultado oportuno, de manera que al calificar la elección se pueda saber si hubo rebase en el tope de gastos de campaña, y de ser el caso declarar la nulidad.

El INE debe reindividualizar multas a partidos políticos por informes de ingresos y egresos
Por otro lado, la Sala Superior ordenó al Consejo General del INE, autoridad sustituta del Instituto Federal Electoral (IFE), que reindividualice las multas impuestas a partidos políticos por irregularidades detectadas en los informes de ingresos y gastos de campaña de los candidatos, partidos políticos y coaliciones correspondientes al proceso electoral federal 2011-2012.

Al resolver diversos medios de impugnación presentados por los partidos Movimiento Ciudadano (MC), del Trabajo (PT), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD), los integrantes del Pleno determinaron revocar el acuerdo del IFE, mediante el cual los sancionó, ya que no consideró las circunstancias particulares, grado de responsabilidad y solvencia económica de cada uno.

Asimismo, confirmó las multas impuestas a los partidos Verde Ecologista de México (PVEM) y Acción Nacional (PAN) por las irregularidades detectadas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de ingresos y gastos de campaña de los candidatos, partidos políticos y coaliciones correspondientes al proceso electoral federal 2011-2012.

Se confirmó el acuerdo para posponer la discusión de normas sobre imparcialidad
En otro asunto, la Sala Superior confirmó el acuerdo del Consejo General del INE, por el cual se determinó posponer la discusión de las normas reglamentarias sobre imparcialidad en el uso de recursos públicos, así como el relativo al apoyo de los titulares de los ejecutivos federal y locales, para garantizar la ejecución de los recursos de los programas sociales, en el marco de los procesos electorales federal y locales que actualmente transcurren.

Los integrantes del Pleno avalaron el proyecto de sentencia elaborado por la Ponencia del magistrado Flavio Galván Rivera, en el que se estableció que la discusión de los asuntos programados para la sesión extraordinaria de 18 de febrero de 2015, se pospuso a solicitud de un grupo de seis consejeros con el objetivo de continuar la revisión de las normas, situación permitida en los órganos colegiados.

Los magistrados determinaron que no le asiste la razón a los partidos políticos PAN, PRD, PT, MC, Morena, Humanista y Encuentro Social, ya que la ley faculta a cualquier integrante del Consejo para hacer ese tipo de solicitudes, además, la justificación expuesta para tal fin fue objetiva, racional, y se aprobó por el Pleno.

El magistrado Flavio Galván Rivera en su intervención comentó que la primera propuesta se orientaba hacia la improcedencia del medio de impugnación, dado que estos temas obedecen a la organización interna y al ejercicio de la autonomía constitucional que tiene el Consejo General del Instituto Nacional Electoral; sin embargo, como se controvierte el acuerdo recaído a la petición de un Consejero, aduciendo que no estuvo debidamente fundada y motivada, se propone el estudio del fondo de la controversia.

El Magistrado Ponente, expuso que el actor adujo que “hay el fundamento adjetivo, pero no el fundamento sustantivo”, sin tomar en consideración que la petición del Consejero estuvo fundada y motivada; se fundó justamente en este artículo 17, párrafo 8, que es la norma sustantiva y adjetiva porque establece no sólo el derecho a pedir el diferimiento, sino el deber de motivar y fundamentar la petición, la cual se somete a consideración del Pleno del Consejo General para su análisis, discusión y aprobación o rechazo, por el voto de la mayoría.

Al respecto, el magistrado Manuel González Oropeza hizo votos para que al interior del Consejo General se establezcan los puentes de entendimiento que permitan a dicho organismo llevar a cabo elecciones exitosas, legales y transparentes. La mejor manera de hacerlo, aseveró, es dialogando.


Durante la sesión pública, el Pleno resolvió 19 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, 1 juicio electoral, 2 juicios de revisión constitucional electoral, 29 recursos de apelación, 9 recursos de reconsideración y 3 recursos de revisión del procedimiento especial sancionador, que hacen un total de 63 medios de impugnación.

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