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Revoca Sala Toluca designaciones de candidatos del PAN en Nicolás Romero y Tlalnepantla de Baz, Estado de México

4 /junio /2009 / Sala Regional Toluca 40/2009

Toluca, Méx.,

La Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, revocó la designación realizada por el Partido Acción Nacional de los candidatos a segundo, tercero, cuarto, décimo y décimo primer regidor para integrar el Ayuntamiento de Tlanepantla de Baz, Estado de México.

Esto es así, en virtud de que los ciudadanos designados en dichas candidaturas, Lidia Fascinetto Stefanon, Luis Alberto Dávila Ugalde, María Patricia González Galván, Miguel Gómez Contreras y Mónica Contreras Álvarez, no se separaron de sus cargos partidistas un año antes del día de la elección, como lo estipulan los estatutos del PAN, por lo que se le ordenó a dicho instituto político que en un plazo de 24 horas, a partir de la notificación correspondiente, registre a los suplentes a dichos cargos, siempre y cuando cumplan con los requisitos de elegibilidad.

Misma resolución tuvo el juicio presentado por Julio Becerril Santos en contra la designación del candidato a primer regidor del Ayuntamiento de Nicolás Romero, ya que los magistrados Santiago Nieto Castillo, Adriana Favela Herrera y Carlos Morales Paulín, concluyeron que Rodrigo Jaime Paredes Fernández no se registró como aspirante a ese cargo, sino al de diputado local por el Distrito 44 del Estado de México, y conforme a las reglas del PAN, dicha designación debió realizarse eligiendo al aspirante de entre los registrados para alguno de los cargos del ayuntamiento y no de los aspirantes para ocupar una candidatura diferente, como ocurrió en este caso; por lo que ordenaron al PAN realice lo pertinente para que se designe como candidata propietaria a la primer regiduría de Nicolás Romero, a su suplente, Ana Lilia Vite Sandoval.

En cuanto al juicio ciudadano promovido por Marcos Tepanecatl Miranda en contra de la resolución de la Comisión Nacional de Elecciones del Partido Convergencia, que declaró improcedente su solicitud de registro como precandidato a integrar la planilla del Ayuntamiento de Ecatepec, Estado de México; los magistrados de la Sala Toluca ordenaron a dicha Comisión que emita una nueva resolución debidamente fundada y motivada en un plazo de 24 horas.

Respecto a la demanda ciudadana presentada por Armando Rayón Flores contra la resolución de la Comisión Nacional de Garantías (CNG) del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en la que se declaró entregar la constancia de mayoría a Alejandro Montes de Oca Becerril como candidato del PRD para integrar el Ayuntamiento de Temoaya, Estado de México; los magistrados de la Sala Toluca confirmaron dicha determinación al considerar que fue adecuada la valoración del acta de escrutinio y cómputo de una de las casillas impugnadas, además de que ésta no era determinante para el resultado de la votación.

Finalmente, en el juicio ciudadano interpuesto por Julián Martínez Contreras contra la resolución de la CNG del PRD que declaró improcedente su recurso de inconformidad; los magistrados revocaron dicha determinación, ya que el órgano partidista dejó de analizar los planteamientos expuestos por el inconforme, por lo que ordenaron resolver la controversia y realizar el estudio de los motivos de inconformidad planteados por Martínez Contreras.

En esta ocasión, la Sala Regional Toluca, resolvió 47 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.