header

LAS EXPRESIONES EMITIDAS POR UNA DIPUTADA LOCAL DURANTE UNA SESIÓN DEL CONGRESO DE CHIAPAS NO CONSTITUYEN CALUMNIA: SALA ESPECIALIZADA

2 /junio /2015 / Sala Regional Especializada 58/2015

D.F.

• Las expresiones se emitieron como parte de las deliberaciones propias del trabajo legislativo de la diputada local.
• La inviolabilidad parlamentaria protege la libertad de expresión de los legisladores como representantes públicos.

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que las expresiones alusivas a Emilio Enrique Salazar Farías, diputado local por la coalición PRI-Verde Ecologista en el Estado de Chiapas, por parte de Alejandra Soriano Ruíz, diputada local del PRD, emitidas durante las sesiones ordinarias correspondientes a la Legislatura del Congreso Local, no constituyen actos de calumnia por estar protegidas por la inviolabilidad parlamentaria prevista en la Constitución Política de dicho estado.

Lo anterior, en razón de que los legisladores tienen una protección amplia respecto a las manifestaciones que realicen en el ejercicio de sus funciones, lo que fortalece el pluralismo político en el sistema democrático.

En el presente caso, la funcionaria subió a la tribuna en su calidad de diputada local en el Congreso chiapaneco y emitió expresiones como parte de las deliberaciones propias del trabajo legislativo.

En ese sentido, se determinó que es inexistente la inobservancia a la normativa electoral por parte de la legisladora, ya que conforme a lo señalado por la Sala Superior, la inviolabilidad parlamentaria brinda protección, autonomía e independencia a los legisladores federales e impide se limite su libertad de expresión en actos parlamentarios.

-0-
Síguenos en Twitter @TEPJF_Esp