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ORDENA SALA MONTERREY A GOBIERNO DE NUEVO LEÓN AUTORIZAR AL PAN EL USO DE LA “EXPLANADA DE LOS HÉROES” PARA CIERRE DE CAMPAÑAS

28/mayo /2015 / Sala Regional Monterrey 29/2015

Monterrey, Nuevo León

  • Se ordena a tribunal local resolver denuncia sobre actos anticipados de campaña del candidato del PAN a diputado local por el distrito 04 en Nuevo León
  • Se confirma elección del Comité Directivo Estatal del PAN en Tamaulipas
  • Confirma designación del candidato del PRI a la alcaldía de Rioverde, San Luis Potosí

La Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó los oficios del Secretario de Gobierno del Estado de Nuevo León al Partido Acción Nacional (PAN), en los que negó el uso de la “Explanada de los Héroes”, con motivo del cierre de campaña de sus candidatos el día 30 de mayo.

El pasado 22 de mayo, el Secretario de Gobierno, en cumplimiento a lo ordenado por este órgano jurisdiccional, informó al PAN que no era admisible su solicitud, pues autorizó a la coalición “Alianza por tu Seguridad” su uso los días 31 de mayo y 3 de junio, así como el 30 de mayo y 2 de junio para la instalación de la estructura necesaria de los eventos a partir de las 22:00 horas.

Inconforme con la respuesta, el PAN planteó en su queja que la autoridad estatal no respetó el principio de equidad en la contienda y el de igualdad, conforme a los cuales debió distribuir el uso de la Explanada.

Al dictar sentencia del juicio de revisión constitucional SM-JRC-109/2015, los magistrados señalaron que de las constancias del expediente sí se desprende que la coalición solicitó el bien público únicamente para los días 31 de mayo y 3 de junio. A fin de garantizar la imparcialidad y la equidad en el proceso electoral, refirieron que la Secretaría de Gobierno debió conceder la utilización del bien público en el plazo estrictamente solicitado, y procurar que otros actores políticos lo ocuparan cuando no existiese imposibilidad material para tal efecto. Por tanto, se revocó la autorización de la explanada a la coalición los días 30 de mayo y de 2 junio, y se ordenó al Secretario de Gobierno que emita un nuevo oficio en el que autorice al PAN su uso para el 30 de mayo.

Se ordena a tribunal local resolver denuncia sobre actos anticipados de campaña del candidato del PAN a diputado local por el distrito 04 en Nuevo León

En la sesión, la Sala Monterrey revocó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León que determinó sobreseer la denuncia por actos anticipados de campaña de José Arturo Salinas Garza, candidato del PAN a diputado local por el distrito 04 en Nuevo León.

Candelario Maldonado Martínez, candidato del Partido Revolucionario Institucional (PRI) a dicho cargo, planteó en su queja que el tribunal local de manera ilegal sobreseyó la queja, pues en cumplimiento al requisito establecido en la ley electoral local, afirma que refirió de forma clara y precisa los hechos constitutivos de actos anticipados de campaña.

Al resolver el juicio ciudadano SM-JDC-436/2015, los magistrados determinaron que Maldonado Martínez sí cumplió con el requisito de narrar de manera expresa y clara los hechos en que basó su denuncia. De su simple lectura, se advirtió que refirió las fechas y los medios de difusión en los cuales Salinas Garza, en su carácter de diputado federal y con motivo de su segundo informe de actividades, publicó el eslogan, el logotipo y la canción que el actor considera similares a los utilizados como candidato, lo que en su opinión, fue una conducta infractora. Por ello, se ordenó al tribunal local emitir una nueva resolución en la cual, si no advierte alguna otra causa de sobreseimiento, determine lo que en derecho corresponda.

Se confirma elección del Comité Directivo Estatal del PAN en Tamaulipas

En otro asunto, la Sala Monterrey confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas que ratificó los resultados de la elección del Comité Directivo Estatal del PAN, en la que obtuvo el triunfo la planilla encabezada por César Augusto Verástegui Ostos.

Los magistrados al dictar sentencia del juicio SM-JDC-428/2015, determinaron que contrario a lo planteado por Agustín Chapa Torres, contendiente en la elección partidista, el presidente del Comité Ejecutivo Nacional del PAN, en ejercicio de sus atribuciones, sí justificó los motivos por los que resolvió la impugnación intrapartidista y no la Comisión Permanente. Esos motivos consistieron en la urgencia de atender la queja de Chapa Torres y la imposibilidad de convocar a los integrantes de dicho órgano debido a que se encontraban en distintas partes del territorio nacional. Por tanto, se confirmó la resolución del tribunal local.

Confirma designación del candidato del PRI a la alcaldía de Rioverde, San Luis Potosí

La Sala Monterrey confirmó el acuerdo del Comité Ejecutivo Nacional del PRI, mediante el cual designó a Carlos Pillado Siade como candidato a la alcaldía de Rioverde, San Luis Potosí.

Contrario a lo planteado por Sergio Juárez Berrones, aspirante a la misma candidatura, los magistrados al resolver el juicio SM-JDC-432/2015, señalaron que de acuerdo a la normativa interna, el Comité del PRI solo debió justificar los méritos de Pillado Siade, sin estar obligado a explicar por qué descartó a otros militantes. Por ello, se confirmó el acuerdo partidista.

Se confirma desechamiento de queja del PRD sobre presunto robo y destrucción de propaganda del candidato a la alcaldía de San José de Iturbide, Guanajuato

En la sesión, la Sala Monterrey confirmó la resolución del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato que desechó la denuncia del Partido de la Revolución Democrática (PRD), en contra del “robo y destrucción” de la propaganda del candidato a la alcaldía de San José de Iturbide, así como en contra de los partidos Acción Nacional, Verde Ecologista de México y Revolucionario Institucional por rebasar los topes de gastos de campaña.

Al resolver el juicio SM-JRC-107/2015, los magistrados determinaron que no le asistió la razón al PRD, pues los agravios planteados, relativos a la posible omisión de aplicar diversos artículos de la ley electoral local y la negativa a realizar el estudio de fondo por el tribunal local, resultaron ineficaces ya que reiteraron los expuestos en la impugnación local. Por tanto, se confirmó la resolución.

Por último, la Sala Monterrey desechó los juicios SM-JDC-434/2015 y SM-JDC-410/2015. El primero interpuesto por Iván Paul Garza Téllez, contra la resolución del tribunal local que sobreseyó el procedimiento contra Adrián de la Garza Santos, candidato al ayuntamiento de Monterrey, Nuevo León por la presunta colocación de propaganda electoral en la vía pública. En el otro, Gustavo Manuel Ramírez Gutiérrez impugnó el desechamiento de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena a su queja contra la designación de Arturo Reyes Robledo como candidato a presidente municipal de León, Guanajuato. Ambos casos se desecharon por extemporáneos pues presentaron las quejas dos días después de vencido el plazo legal para impugnar.

Durante la sesión pública, la Sala Monterrey resolvió 9 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, 4 juicios de revisión constitucional electoral, y un recurso de apelación, que hacen un total de 14 medios de impugnación.

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