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LA SALA ESPECIALIZADA SANCIONA AL PAN POR HACER USO INDEBIDO DE LA TRANSMISIÓN DE SUS SPOTS

22/mayo /2015 / Sala Regional Especializada 54/2015

d.f.

• La multa equivale a mil días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal.
• El PAN utilizó la pauta federal para elecciones locales, con lo cual generó una sobreexposición de sus candidaturas.

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sancionó al Partido Acción Nacional (PAN) por el uso indebido de sus prerrogativas, al utilizar las pautas federales para difundir promocionales de una campaña local con el spot titulado “Dilema 1”, relativo a Felipe de Jesús Cantú, candidato panista al Gobierno de Nuevo León, lo cual es indebido porque no deben utilizarse las pautas federales para elecciones locales, porque genera una sobreexposición de los candidatos locales en detrimento de los demás contendientes.

También sancionó a dicho partido político por la transmisión del promocional de la campaña para diputados federales denominado “Casas-gasolina”, al hacer uso indebido de la pauta asignada por el Instituto Nacional Electoral (INE) como parte de sus prerrogativas en radio y televisión para las campañas electorales.

Por unanimidad, el Pleno determinó que Acción Nacional vulneró el principio de equidad en la contienda electoral federal, haciéndose acreedor de dos multas, una de 70 mil 100 pesos, y la segunda, por 84 mil 120 pesos, descontada de su ministración mensual de actividades ordinarias.

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