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Determina Sala Xalapa cambiar candidatos panistas a diputados por el distrito 15 de Orizaba, Veracruz

30/mayo /2009 / Sala Regional Xalapa 14/2009

Xalapa, Ver.

Este viernes la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió que se registre a Augusto Arturo Nieves Jiménez y Emma Dalia Caballero Estrada como candidatos propietario y suplente, respectivamente, a la diputación federal por el distrito 15, con cabecera en Orizaba, Veracruz, quienes fueron sustituidos bajo el argumento de que no presentaron su informe de gastos de precampaña, según el Partido Acción Nacional (PAN).

Sin embargo, la Sala Xalapa consideró que el órgano partidista responsable, ante el incumplimiento, no acreditó haber solicitado a Nieves Jiménez y a Caballero Estrada la entrega de dicho informe, para en su caso, poder emitir una decisión que afecte su derecho a ser registrados.

Asimismo, el partido tardó en informar y determinar la sustitución de los afectados, lo que les imposibilitó conocer y remediar su situación. Por tanto, para garantizar su derecho de audiencia, lo procedente es requerir a los actores que presenten dicho informe, pero como el mismo ya consta en el expediente presentado a esta Sala, ya no se justifica la pérdida del derecho a registrarse.

Por lo anterior, se revocó la sustitución hecha por el partido, y en consecuencia el registro de la fórmula integrada por Tomás Antonio Trueba Gracián y Silvino del Valle Hernández.

Esta resolución contó con el voto particular de la Magistrada Yolli García Alvarez.

En otro juicio, las magistradas confirmaron la resolución del CEN del PAN que no validó la asamblea municipal de Jalpa de Méndez, Tabasco, en la que José Romero Morales había sido elegido candidato a consejero estatal, luego de determinar que los agravios presentados por éste, eran inoperantes.

Romero Morales adujo que el Comité Ejecutivo Nacional del partido no era competente para resolver impugnaciones referentes a la elección de consejeros estatales y que no fue debidamente notificado de dicha resolución; sin embargo, en el proyecto presentado por la Magistrada Muñoz Tagle, se determinó que la competencia es válida de acuerdo a las normas de la convocatoria, y que por otro lado, dicha resolución fue publicada en los estrados del instituto político.

Asimismo, existe constancia de que el representante del actor estuvo presente en la sesión ordinaria del citado Comité cuando se tomó la determinación, por ello, se ratificó por unanimidad la anulación de dicha asamblea.

En esta sesión pública, la Sala Xalapa resolvió tres juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.




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