header

LA SALA REGIONAL XALAPA DECLARA FUNDADA LA OMISIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE EMILIANO ZAPATA, VER., DE OTORGAR REMUNERACIONES A LOS AGENTES MUNICIPALES DE LAS CONGREGACIONES EL ROBLE Y LA BALSA

31/enero /2019 / Sala Regional Xalapa 4/2019

Xalapa - Enríquez, Veracruz

• Se declara infundada la omisión del TEEO de dar cumplimiento a la sentencia relacionada con el financiamiento de partidos políticos del ejercicio 2018.

En la sesión pública de resolución de este jueves 31 de enero del presente año, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó dos sentencias del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) con las que se declaró fundada la omisión del ayuntamiento de Emiliano Zapata de reconocer y otorgar a los agentes municipales de las congregaciones El Roble y La Balsa, respetivamente, pertenecientes al referido municipio, una remuneración por el desempeño de sus funciones.

En el presente asunto el Tribunal local ordenó de nueva cuenta pagar la remuneración a los agentes municipales en mención, y con ello realizar un análisis a la disposición presupuestal que permitiera hacer una propuesta de modificación al presupuesto de egresos 2019.

Dado lo anterior, acudió ante esta Sala Regional la representante del ayuntamiento a promover los juicios electorales 5 y 6, a fin de controvertir la decisión del Tribunal local pues, a su parecer, trasgrede la autonomía del ayuntamiento al imponer nuevas obligaciones que implican la modificación constante de su presupuesto y obstaculizan su funcionamiento, máxime que no existe disposición legal que los obligue a ello.

Por su parte, los magistrados de la Sala determinaron confirmar las sentencias del Tribunal local porque el pago de remuneraciones a favor de los agentes municipales constituye un derecho reconocido por la Constitución, por lo que las acciones que se emitan para garantizarlo no violan la autonomía municipal del ayuntamiento de Emiliano Zapata, así como tampoco resulta un impedimento para garantizar ese derecho la falta de disposición legal que obligue a realizar el pago.


La Sala Regional Xalapa declara infundada la omisión del TEEO de dar cumplimiento a la sentencia relacionada con el financiamiento de partidos políticos del ejercicio 2018



En la misma sesión pública, la Sala Regional Xalapa del TEPJF determinó tener por infundada la omisión de hacer cumplir la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) el 8 de marzo de 2018, relacionada con el financiamiento público de los partidos políticos para las actividades ordinarias permanentes, del ejercicio 2018.

Al resolver el juicio de revisión constitucional 2 de la presente anualidad, presentado por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), los magistrados federales consideraron tener por infundada la omisión motivo de disenso, toda vez que el Tribunal local ha llevado a cabo las acciones necesarias para tener por cumplido su fallo incidental.

Lo anterior, dado que, de diversas constancias, se advirtió que la autoridad responsable emitió diversas determinaciones conducentes al cumplimiento del fallo e incluso, el pasado 30 de enero, ordenó a la Secretaría de Finanzas entregar la ampliación presupuestal al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, apercibiendo a diversos titulares de la dicha dependencia que, en caso de no cumplir con dicho mandato, se harán acreedores a una multa.

En la sesión pública de este jueves 31 de enero de 2019, se resolvieron ocho medios de impugnación: cuatro juicios ciudadanos, tres juicios electorales y un juicio de revisión constitucional electoral.

-o-

Síguenos en Twitter @TEPJF_XAL, así como en Facebook Sala Regional Xalapa del TEPJF