AMONESTA SALA ESPECIALIZADA A EXCANDIDATA A SENADORA, AL PRI Y AL PVEM POR INCUMPLIR LAS REGLAS DE COLOCACIÓN DE PROPAGANDA
9 /noviembre /2018 / Sala Regional Especializada 143/2018
CDMX
Al resolver el Procedimiento Especial Sancionador SRE-PSL-81/2018, la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó existente la infracción consistente en vulneración a las reglas de colocación de propaganda electoral en equipamiento carretero. Esta conducta se atribuyó a Gabriela Bernal Reséndiz, entonces candidata a senadora por la entonces coalición “Todos por México”, integrada por los partidos políticos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista y Nueva Alianza, ya que se acreditó la colocación de propaganda alusiva a su campaña en la orilla de una carretera federal, es decir, en un derecho de vía, y que no se contaba con el permiso y/o concesión que así se lo permitiera.
Respecto a la presunta destrucción de propaganda alusiva al entonces candidato a diputado local Robell Uriostegui Patiño, se determinó su inexistencia, al no haberse acreditado que la entonces candidata realizó tal conducta, ya que no hubo certeza de la fecha en que fue colocada o retirada la propaganda del excandidato, ni sobre la persona que realizó el eventual retiro y/o destrucción.
Asimismo, se determinó que el PRI y el PVEM faltaron a su deber de cuidar el actuar de su entonces candidata, por lo cual a los partidos y a Bernal Reséndiz se les impuso una amonestación pública, respectivamente.
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