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LA SALA REGIONAL GUADALAJARA RESOLVIÓ UN JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO ELECTORALES DEL CIUDADANO Y DOS RECURSOS DE APELACIÓN DE LOS ESTADOS DE BAJA CALIFORNIA, JALISCO Y NAYARIT

30/octubre /2018 / Sala Regional Guadalajara 60/2018

Guadalajara, Jalisco

 En sesión pública de resolución realizada este día, se dio cuenta del juicio ciudadano 4253 de 2018, que un ciudadano promovió contra la omisión del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional y su Comisión Permanente, de emitir la convocatoria para la renovación del Comité Directivo Estatal de dicho organismo político en Baja California.

La magistrada y los magistrados de la Sala Regional Guadalajara, al analizar dicho asunto, determinaron que dicha omisión no existe, pues se advirtió que, conforme a la normativa aplicable, la renovación del Comité Estatal se realizará hasta el segundo semestre de 2019.

También fue resuelto el recurso de apelación 273 de este año, promovido por el Partido de la Revolución Democrática contra la resolución del Instituto Nacional Electoral dictada en cumplimiento a una sentencia de este órgano jurisdiccional, relativa a la revisión de los informes de ingresos y gastos de los partidos políticos en el proceso electoral local ordinario 2017-2018 en Jalisco.

Quienes integran el Pleno de esta Sala determinaron confirmar el acto impugnado porque contrario a lo aducido por la parte actora, la resolución combatida se encuentra debidamente fundada y motivada, además de que se estableció la sanción conforme a derecho.

Finalmente, fue resuelto el recurso de apelación 274 de 2018, en el que el Partido Encuentro Social impugnó la resolución del Instituto Nacional Electoral relativa a los informes de ingresos y gastos de los candidatos a senadurías y diputaciones en el proceso electoral federal 2017-2018 en Nayarit.

Al respecto, el Pleno de la Sala Regional Guadalajara determinó improcedente la inaplicación del artículo 340, fracción I, del Reglamento de Fiscalización, ya que los integrantes de una coalición deben observar la normativa general, sobre los acuerdos establecidos dentro del propio convenio de coalición, por lo que se confirmó la resolución impugnada.

Las resoluciones de la Sala Regional Guadalajara pueden consultarse en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx