Se resuelven asuntos en materia de fiscalización de la coalición Por la Ciudad de México al Frente
29/agosto /2018 / Sala Regional Ciudad de México 78/2018
Ciudad de México
Infundado el procedimiento administrativo sancionador contra la coalición “Por la Ciudad de México al Frente” y su candidato a la Alcaldía de Milpa Alta
Al resolver el Recurso de Apelación 51 de 2018 y sus acumulados, promovidos por el PT, MORENA y PRI, para controvertir la resolución del INE que declaró infundado el procedimiento administrativo sancionador en materia de fiscalización contra la coalición “Por la Ciudad de México al Frente” y su candidato a la Alcaldía de Milpa Alta, la Sala Regional Ciudad de México confirmó dicha determinación.
Lo anterior, entre otros aspectos, al considerar infundada la omisión argumentada por el PT de requerir diversa información, pues con ella no alcanzaría a demostrar la existencia del gasto que pretendía se considerara en la campaña denunciada; aunado a que la autoridad electoral no faltó a la exhaustividad debida, al haber analizado cada uno de los planteamientos formulados y las pruebas presentadas, relacionadas con las supuestas infracciones.
Respecto al agravio de MORENA relativo a que no fueron consideradas las pruebas ofrecidas, la Sala Regional señaló que el partido no tenía razón porque dicho partido no compareció en el procedimiento del que deriva la resolución impugnada y no indicó de manera clara qué pruebas dejaron de atenderse.
Respecto al agravio del PRI, se consideró infundado al no precisar ni aportar pruebas que permitieran advertir una causa probable que ameritara iniciar una investigación relacionada con un supuesto rebase de tope de gastos de campaña y solo apoyó su dicho en los elementos extraídos del Sistema Integral de Fiscalización, los cuales fueron valorados debidamente por la autoridad electoral.