LA SALA REGIONAL MONTERREY CONFIRMA RESULTADOS DE ELECCIONES A DIPUTACIONES FEDERALES POR LOS PRINCIPIOS DE MAYORÍA RELATIVA Y REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL
23/julio /2018 / Sala Regional Monterrey 45/2018
Sala Regional Monterrey
En las sentencias emitidas en esta fecha, el Pleno de esta Sala Regional confirmó los resultados de la elección de diputaciones federales por los principios de mayoría relativa y representación proporcional de diversos Consejos Distritales del INE en Coahuila, Guanajuato, Tamaulipas y Zacatecas, al no acreditarse que los hechos alegados, entre otros, la recepción de votación por personas no inscritas en el listado nominal de electores correspondiente a la casilla y sección, como tampoco que se hubiese recibido votación por personas no autorizadas. Lo que la documentación electoral analizada por la Sala permitió corroborar es que las inconsistencias no fueron en unos casos acreditadas y en otras no resultaron determinantes para anular la votación recibida. Que en los casos en que algún funcionario de casilla no se presentó el día de la jornada electoral, siguiendo el procedimiento que la ley marca para esos casos, fueron habilitados sus suplentes.
Por estas razones, en los casos que se decidieron, se mantuvo el resultado arrojado por cada consejo distrital.
Dentro de las decisiones emitidas en esta fecha, se desecharon las demandas en las que se reclamaban los resultados de la elección de senadurías, a partir de que los partidos políticos que los promovieron no controvirtieron como era necesario el cómputo estatal, a cargo de los consejos locales del INE, sino los cómputos distritales. Cuestión que impidió suplir la deficiencia de las demandas y llevó a su desechamiento.
Por otro lado, en materia de procedimientos especiales sancionadores, concretamente en un juicio ciudadano, la Sala Regional Monterrey confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León, al estimar correcta la imposición de una multa al Presidente Municipal de Santa Catarina y a un aspirante a diputado local por el Partido Acción Nacional (PAN). Ello porque en las cuentas personales de la red social Facebook de tales actores se había presentado propaganda electoral, en la que aparecían imágenes de menores de edad, motivo por el cual se concluyó que la sanción impuesta se ajusta a la necesidad de proteger el interés superior del menor.
Finalmente, en un diverso promovido por la Familia Primero, contra una decisión del Tribunal de Justicia Electoral de Zacatecas, se concluyó confirmar la decisión en la cual se determinó que su personalidad jurídica como partido local de nueva creación tendrá efectos hasta el próximo proceso electoral a ocurrir en la entidad en 2020, y en tanto esto ocurre será considerada como organización política.
En la sesión pública, este órgano de decisión resolvió 8 juicios para la protección de los derechos políticos electorales del ciudadano, un juicio electoral, 57 juicios de inconformidad y 6 juicios de revisión constitucional electoral.
La Sala Monterrey del TEPJF es la instancia federal encargada de impartir justicia electoral dentro de la segunda circunscripción electoral que comprende los estados de Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas. Está integrada por la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, quien la preside y los magistrados Yairsinio David García Ortiz y Jorge Emilio Sánchez-Cordero Grossmann.
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