Se resuelven asuntos relacionados con procedimiento especial sancionador en Morelos y registro de candidaturas a diputaciones locales en Guerrero
30/junio /2018 / Sala Regional Ciudad de México 60/2018
Ciudad de México
- Se confirma inexistencia de infracción a la normativa electoral de candidato a la Presidencia Municipal de Cuernavaca
- Se confirma registro de candidaturas a diputaciones de representación proporcional por MORENA en Guerrero
Se confirma inexistencia de infracción a la normativa electoral de candidato a la Presidencia Municipal de Cuernavaca
La Sala Regional Ciudad de México confirmó la resolución del Tribunal Electoral de Morelos que declaró inexistente la infracción atribuida al candidato a la Presidencia Municipal de Cuernavaca postulado por la coalición “Juntos Haremos Historia”.
Lo anterior, entre otros aspectos, porque si bien el Tribunal local consideró innecesario pronunciarse sobre una diligencia de inspección ocular con la que el partido Socialdemócrata de Morelos pretendió demostrar la colocación de propaganda en lo que identificó como la casa de campaña del entonces denunciado, aun cuando dicha propaganda se encontrara desde la fecha aludida por el partido, fue a partir de esa misma fecha que, por una determinación jurisdiccional, el denunciado adquirió nuevamente la calidad de candidato; de suerte que, de haberse realizado la inspección en la misma fecha en que se ofreció como prueba superviniente, a igual conclusión se habría arribado.
Aunado a lo anterior, contrario a lo sostenido por el partido inconforme, el Tribunal local ordenó al instituto local el despliegue de las facultades de investigación para que requiriera a la Coalición que postuló al entonces denunciado la información que consideró necesaria para determinar la responsabilidad en la colocación y retiro de la propaganda durante el lapso en que perdió la calidad de candidato.
Se confirma registro de candidaturas a diputaciones de representación proporcional por MORENA en Guerrero
La Sala Regional Ciudad de México confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero que validó el acuerdo de aprobación del Instituto Electoral local de la tercera y sexta fórmula de diputaciones locales por el principio de representación proporcional postuladas por MORENA, destinadas a personas externas, según la convocatoria.
Lo anterior, entre otros aspectos, porque las postulaciones controvertidas se hicieron con apego a la normatividad interna, ello es así porque los estatutos del partido prevén la facultad discrecional para seleccionar candidaturas y establecen que puede postularse a militantes en los lugares reservados para personas externas si cumplen las disposiciones estatutarias.