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Se pronuncia la SRCDMX respecto a la celebración de debate de candidatos y candidatas en Puebla y el registro de candidaturas a Presidencias Municipales en Guerrero

20/junio /2018 / Sala Regional Ciudad de México 50/2018

Ciudad de México

  • Se ordena al Consejo General del Instituto Electoral local de Puebla que determine la viabilidad de la celebración del debate entre candidatas y candidatos a la Presidencia Municipal de Puebla

  • Se revoca el registro de candidaturas a diversos ayuntamientos en Guerrero, de la Coalición “Juntos Haremos Historia”

 • Se ordena al Consejo General del Instituto Electoral local de Puebla que determine la viabilidad de la celebración del debate entre candidatas y candidatos a la Presidencia Municipal de Puebla

La Sala Regional Ciudad de México revocó la notificación de inviabilidad para la celebración del debate entre las y los candidatos a la Presidencia Municipal de Puebla, llevada a cabo por la Presidenta del Consejo Municipal Electoral del Instituto Electoral local.

Lo anterior al considerar que dicho acto no estaba debidamente fundado ni motivado ya que, de acuerdo con los lineamientos respectivos, la única autoridad facultada para pronunciarse sobre la valoración de las condiciones necesarias para llevar a cabo o no los debates es el Consejo General del Instituto Electoral, sin que se acreditara que existió dicho pronunciamiento.

Además, dicha determinación vulnera el derecho de expresión e y el acceso a la información política, sin que existiera manifestación de una razón justificada para no llevar a cabo el debate, lo cual limita tales derechos, pues estos ejercicios generan mayores espacios para el diálogo democrático, elemento clave para que la ciudadanía emita un voto informado y razonado.

En consecuencia, se ordenó al Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Puebla que valore las condiciones y se pronuncie sobre las condiciones imperantes para la realización del debate propuesto para la candidatura a la presidencia municipal de Puebla.

• Se revoca el registro de candidaturas a diversos ayuntamientos en Guerrero, de la Coalición “Juntos Haremos Historia”

La Sala Regional Ciudad de México revocó el acuerdo del Instituto Electoral local que aprobó el registro de las candidaturas de los Ayuntamientos de Copalillo, Marquelia, Igualapa y Coyuca de Benítez, Guerrero, correspondientes a la coalición “Juntos Haremos Historia”.

Lo anterior al considerar que el Instituto inobservó el procedimiento previsto en el Convenio de la coalición “Juntos Haremos Historia”, pues aun cuando éste previó que las candidaturas a registrarse en los ayuntamientos en cuestión debían emanar del Partido Encuentro Social, ello no significaba que pudiera designar unilateralmente a las personas que debían ser registradas.

En el caso, MORENA argumentó la validez de la designación de las candidaturas que hizo la Comisión Coordinadora Nacional de la Coalición, bajo el argumento de que tal decisión fue tomada por la mayoría de votos de dicho órgano, sin embargo, la Sala determinó que tales registros tampoco podían ser atendidos de esa manera pues carecían de la firma del representante del Partido Encuentro Social.

En consecuencia, se ordenó requerir a la Comisión Coordinadora que determine de manera consensada con el Partido Encuentro Social las candidaturas de dichos ayuntamientos, con el apercibimiento que, de no realizar la designación en los términos precisados en la sentencia, perderá el derecho a postular las candidaturas.