Se resuelve respecto al registro de candidatura a Presidencia Municipal en Morelos y asuntos relacionados con credenciales para votar e inscripción en el Listado Nominal
19/junio /2018 / Sala Regional Ciudad de México 49/2018
Ciudad de México
- Se ordena al PRI de Morelos llevar a cabo nueva designación de candidata a la Presidencia Municipal de Atlatlahucan
- A través de sus resoluciones la SRCDMX contribuye a proteger el voto de mexicanas y mexicanos en territorio nacional y en el extranjero
Se ordena al PRI de Morelos llevar a cabo nueva designación de candidata a la Presidencia Municipal de Atlatlahucan
La Sala Regional Ciudad de México revocó el acuerdo del Consejo Municipal Electoral del IMPEPAC, que aprobó el registro de Alma Delia Reyes Linares como candidata postulada por el PRI a la Presidencia Municipal de Atlatlahucan.
Lo anterior al considerar que si bien el partido sustituyó a Beatriz Flores Olivo quien originalmente había sido postulada para el cargo, lo hizo en cumplimiento a resoluciones previas tanto del Tribunal local como de la Sala Regional, actuó de manera indebida al no otorgarle la garantía de audiencia, no considerarla en la valoración de los perfiles para las candidaturas, ni notificarle los actos llevados a cabo por le IMPEPAC y el propio partido para definir la candidatura.
En consecuencia, se ordenó al PRI notificar a la candidata elegida en cumplimiento a la sentencia de la Sala Regional y a la actora los criterios que aplicará para llevar a cabo la designación, a fin de que puedan presentar los elementos que consideren necesarios para defender sus derechos para ser consideradas en la candidatura, antes de que el partido haga la designación; vinculando además al Instituto Electoral Local para que facilite el registro de la persona que se postule.
A través de sus resoluciones la SRCDMX contribuye a proteger el voto de mexicanas y mexicanos en territorio nacional y en el extranjero
En sesión pública la Sala Regional Ciudad de México resolvió ochenta asuntos relacionados con el trámite de credencial para votar tanto de personas radicadas en el país como residentes en el extranjero.
Dentro de estos asuntos destacan impugnaciones promovidas por personas residentes en el extranjero, quienes solicitaron su inclusión en el Listado Nominal, pero la autoridad electoral no les notificó las inconsistencias de su trámite en algunos casos y en otros no tomó en cuenta la documentación aportada para subsanarlas; razón por la cual, la Sala Regional determinó, previa acreditación de los requisitos, ordenar al INE su inscripción en dicho listado y el envío de los correspondientes paquetes electorales para que puedan emitir su voto.
Con estas resoluciones, la Sala Regional, al ser la única competente para conocer de este tipo de asuntos, garantiza la protección del derecho a votar de las y los ciudadanos.