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La SRCDMX resuelve asuntos relacionados con registro de candidaturas en Morelos y Puebla

12/junio /2018 / Sala Regional Ciudad de México 46/2018

Ciudad de México

  • Subsiste el registro de José Luis Gómez Borbolla como candidato a la Presidencia Municipal de Cuernavaca por la Coalición “Juntos Haremos Historia”
  • Es válido el acuerdo del Instituto Electoral de Puebla que resolvió las solicitudes de registro de candidaturas a Diputaciones y Ayuntamientos

Subsiste el registro de José Luis Gómez Borbolla como candidato a la Presidencia Municipal de Cuernavaca por la Coalición “Juntos Haremos Historia”

La Sala Regional Ciudad de México validó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Morelos, lo que tuvo por efecto dejar sin validez la cancelación del registro de José Luis Gómez Borbolla como candidato de la Coalición “Juntos Haremos Historia” a la Presidencia municipal de Cuernavaca, ordenada por el Instituto Electoral local.
Lo anterior, entre otros aspectos, porque en la etapa del proceso en que se solicitó la cancelación de su candidatura , ésta no podía solicitarse libre ente por los partido sino que solo podían pedirla en algunos de los supuestos establecidos en la ley para ello, ya que el ejercicio del derecho de libre autodeterminación de los partidos políticos no es absoluto y debe ejercerse en armonía con el derecho político-electoral a recibir el voto de las personas que postulen, con el propósito de que no pueda verse restringido indebidamente.
En consecuencia, con dicha resolución subsiste el registro de Gómez Borbolla.

Es válido el acuerdo del Instituto Electoral de Puebla que resolvió las solicitudes de registro de candidaturas a Diputaciones y Ayuntamientos

La Sala Regional Ciudad de México, al resolver los juicios promovidos por MORENA y por el PRI, confirmó la resolución del Tribunal Electoral de Puebla que validó el acuerdo del Instituto Electoral local en el que aprobó las solicitudes de registro de candidaturas a Diputaciones y Ayuntamientos presentadas por los partidos políticos y coaliciones que participan en el proceso electoral estatal ordinario 2017-2018
La decisión de la Sala Regional se basó en que, contrario a lo sostenido por el PRI, los partidos que celebren una Coalición para la Gubernatura, no están obligados a participar de la misma manera en las postulaciones de candidaturas para Diputaciones y Ayuntamientos.
Respecto a los argumentos de MORENA, se resolvió que parten del supuesto inexacto de considerar que las coaliciones guardan correspondencia con las candidaturas comunes que se pactaron para los Ayuntamientos por los partidos PAN, PRD, Movimiento Ciudadano, Compromiso por Puebla y Social de Integración, puesto que las coaliciones se deben entender por el tipo de elección y cuerpo colegiado para el que se postulan las candidaturas en el proceso electoral.
Aunado a lo anterior, contrario a lo sostenido por MORENA, no existe una prohibición que los partidos de la Coalición participen en candidatura común en 5 distritos.