LA SALA REGIONAL GUADALAJARA RESOLVIÓ QUE LA INSTALACIÓN DE CASILLAS EN DOS SECCIONES ELECTORALES FAVORECE LA ACCESIBILIDAD DE LOS VOTANTES QUE ACUDAN A PARTICIPAR EL DÍA DE LA JORNADA ELECTORAL
6 /junio /2018 / Sala Regional Guadalajara 26/2018
Guadalajara, Jalisco
Por otro lado, se dio cuenta del juicio ciudadano 1442 del presente año, en el que se impugnó la sentencia del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua que confirmó el acuerdo del Instituto Electoral local, que a su vez aprobó las solicitudes de registro supletorio de diversas candidaturas presentadas por la coalición “Por Chihuahua al Frente”, en las que, entre otras, se sustituyó a una ciudadana en la candidatura a la presidencia municipal de Balleza, Chihuahua, por no alcanzar la edad mínima requerida en la legislación electoral local para ocupar dicho cargo.
Por mayoría de votos, los magistrados de la Sala Regional Guadalajara confirmaron la resolución impugnada, al considerar que era legal que la ley de Chihuahua determine una edad diferenciada para ocupar los cargos de presidente, regidores y síndico de un ayuntamiento, en razón de que la experiencia, responsabilidad y madurez, citadas en el test de proporcionalidad realizado por el tribunal local, sustentan la diferenciación de edad establecida.
Además, fue resuelto el juicio de revisión constitucional electoral 46 de este año interpuesto por un partido político para combatir la sentencia del Tribunal Estatal Electoral de Sonora que confirmó el acuerdo del Instituto Electoral local por el que se aprobó el registro de una candidata a la presidencia municipal en Yécora. Al respecto, quienes integran esta Sala consideraron que la resolución impugnada se sujetó a derecho, pues la candidata fue electa como síndica en el proceso electoral anterior, por lo que se trata de una nueva elección, ya que solo debe entenderse como reelección cuando se contienda por el mismo cargo.
También se resolvieron los medios de impugnación que se precisan a continuación:
Expediente |
Resolución impugnada |
Resolución y motivos |
SG-JDC-1425/2018 |
Sentencia del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California que determinó tener por no acreditada la comisión de actor de violencia política en razón de género en contra de la actora. |
Confirma, pues no se acreditó que se hayan violentado sus derechos político-electorales en la vertiente de ejercicio del cargo. Sin embargo, se vinculó a distintas autoridades para que investiguen la posible comisión de violencia ejercida fuera del ámbito electoral. |
SG-JDC-1454/2018 |
Sentencia del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua que desechó el medio de impugnación interpuesto en contra del acuerdo del Instituto Electoral local por el que se determinaron los montos máximos de financiamiento privado que podrán recibir los candidatos independientes |
Confirma, debido a que como lo señaló la autoridad responsable, el actor presentó por segunda ocasión una demanda para combatir un mismo acto |
SG-JDC-1439/2018 |
Acuerdo del Comité Ejecutivo Nacional del PRD, por el que designó a los candidatos a diputados locales por el principio de representación proporcional para participar en el proceso electoral en Baja California Sur |
Confirma, toda vez que la designación se realizó conforme a la normativa estatutaria del partido y se ajustó al principio de autodeterminación de los partidos políticos. |
SG-JDC-1448/2018 |
Sentencia del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua que confirmó la resolución de la Comisión de Justicia del PAN en la que se determinó que no se vulneró el derecho de ser reelecto del actor. |
Confirma, ya que la designación de candidaturas se realizó de forma correcta por parte de los partidos integrantes de la coalición. |
SG-JDC-1446/2018 |
sentencia del Tribunal Estatal Electoral de Baja California Sur, que revocó la determinación del Consejo Municipal Electoral de La Paz, del Instituto Estatal Electoral, respecto a la improcedencia de la solicitud de registro a un candidato independiente |
Confirma, pues el actor no controvierte frontalmente los argumentos expuestos por la autoridad responsable en su sentencia. |
SG-JDC-1449/2018 |
Sentencia emitida por el Tribunal Estatal Electoral de Baja California Sur, que confirma el Dictamen de la Comisión Nacional de Elecciones de MORENA, relativo al proceso interno de Candidatos a Diputados locales del IV Distrito en dicha entidad |
Confirma, ya que la persona que rindió el informe de la autoridad responsable sí contaba con facultades de representación y porque la prueba documental que se omitió valorar no es suficiente para desvirtuar los fundamentos y motivos que el tribunal responsable dio a conocer en su sentencia. |
SG-JDC-1455/2018 a SG-JDC-1460/2018 |
Sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Durango por la que confirmó el acuerdo de la Comisión Política Permanente del Consejo Político Estatal del PRI relativo al listado de candidaturas a diputaciones locales. |
Confirma, pues no se violó su garantía de audiencia, se valoraron las pruebas ofrecidas y los razonamientos planteados por la autoridad responsable estuvieron debidamente fundados y motivados. |
SG-JDC-1461/2018 |
Resolución del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco que confirmó acuerdo del Instituto Electoral local, que resolvió las solicitudes de registro de las planillas a candidaturas a munícipes, que presentó el Partido Verde Ecologista de México |
Confirma, debido a que no se acreditó la afiliación de la persona, cuya candidatura fue controvertida, a otro partido político. |
SG-RAP-119/2018 a SG-RAP-133/2018, SG-RAP-135/2018 a SG-RAP-164/2018, SG-RAP-168/2018 a SG-RAP-177/2018 y SG-RAP-183/2018 |
Requerimiento de información de la Vocalía Ejecutiva de la Junta Local del INE en Baja California, relativa al procedimiento sancionador en contra del PAN derivado de irregularidades encontradas en su informe de ingresos y gastos correspondiente al ejercicio 2015 |
Confirma, debido a que los requerimientos les fueron realizados por una autoridad competente y cumplen con los criterios de necesidad y proporcionalidad requeridos para llevar a cabo el procedimiento de investigación en contra del partido. |
SG-JRC-43/2018 |
Resolución del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa que confirmó el acuerdo del Instituto Electoral local que aprobó el registro de un ciudadano como candidato a la presidencia municipal de Choix, en dicha entidad federativa |
Confirma, ya que el candidato registrado puede ser postulado para una elección consecutiva al mismo cargo por partidos políticos distintos al que lo postularon en el proceso electoral anterior, debido a que no es militante de éste. |
SG-JRC-44/2018 |
Sentencia del Tribunal Estatal Electoral de Sonora que sobreseyó el medio de impugnación por el que se combatió el acuerdo del Instituto Electoral local relativo al registro de candidaturas a los ayuntamientos para el proceso electoral 2017-2018 |
Revoca, por mayoría de votos, debido a que quien promovió el juicio sí se encontraba legitimado para ello. En plenitud de jurisdicción confirma el acuerdo del Instituto Electoral local, pues resulta evidente que la intención del partido es controvertir otro acuerdo para el cual se encuentra fuera de plazo para la interposición del medio de impugnación. |