EL TEPJF CONFIRMA MONITOREO DE PROGRAMAS DE RADIO Y TELEVISIÓN QUE DARÁN COBERTURA AL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2014-2015
18/diciembre /2014 / Sala Superior 380/2014
México, D.F., a
La Sala Superior ratifica la legalidad del nuevo Reglamento de Radio y Televisión
Se ordenó al INE que apruebe un nuevo modelo de boletas electorales, en el que todos los emblemas tengan la misma proporción
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) por el que se aprobó el catálogo de programas de radio y televisión que difunden noticias, así como la metodología que deberá utilizarse para realizar el monitoreo de las transmisiones sobre las precampañas y campañas del Proceso Electoral Federal 2014-2015.
Por unanimidad de votos, el Pleno avaló el proyecto de sentencia elaborado por la Ponencia del magistrado Manuel González Oropeza, en el que se estableció que dicha metodología resulta adecuada para que la ciudadanía esté informada sobre el tratamiento que se da a las precampañas y campañas electorales y, en su caso, sobre los temas de la consulta popular.
La Magistrada y los Magistrados consideraron infundados los medios de impugnación promovidos por los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Morena, la Cámara de la Industria de la Radio y Televisión (CIRT) y Televisión Azteca, al concluir que la responsable sí fundó los motivos por los que decidió que los programas de opinión, análisis y debate quedarían exceptuados del análisis de contenido, en consideración y respeto al principio de la libertad de expresión.
Además, establecieron que la inclusión, en el monitoreo, de los programas de espectáculos y de revista, o de ciudadanos y partidos políticos como sujetos de análisis, es conforme a derecho.
La magistrada María del Carmen Alanis Figueroa destacó que este monitoreo se ha convertido en una herramienta para evaluar cuantitativa y cualitativamente el tipo de cobertura que le dan los medios de comunicación a los candidatos y partidos durante la contienda electoral. “Y me atrevería a decir que es uno de los pilares que sustenta también la calidad en la cobertura de las campañas”, apuntó.
El Magistrado ponente, Manuel González Oropeza dijo que el monitoreo muestral que llevará a cabo el INE, tiene como finalidad analizar el trato que se dará a la cobertura de precampañas y campañas electorales, tanto en los noticieros como en cualquier otro programa con algún contenido informativo.
En su oportunidad, el Magistrado Constancio Carrasco Daza destacó la importancia del tema analizado en el Pleno, al señalar que “lo que más necesita nuestra democracia, o lo que más necesita el ciudadano para ejercer el voto de manera libre, consistente, de manera razonada, es gozar de una información amplia, oportuna, con alto contenido de verdad”, y en esa tarea, los medios de comunicación juegan un papel muy importante, apuntó.
Por su parte, el magistrado Flavio Galván Rivera comentó que el INE no sólo se ha ajustado a la ley, sino que ha ido más allá en la función que tiene encomendada de monitorear la cobertura noticiosa durante las precampañas y campañas. “Es cierto, hay también una limitación: no hay monitoreo en todos los programas de noticias. Pero ello también resulta no solamente jurídica sino físicamente, quizá, imposible”.
A su vez, el magistrado Pedro Esteban Penagos López indicó que la Ley otorga al INE la atribución de ordenar la realización de monitoreos con relación a las precampañas y las campañas, la cual se concentra, principalmente en los programas que difundan noticias, lo cual no representa una limitante para que el análisis sobre las cuberturas pueda realizarse también en otro tipo de programas, como de espectáculos.
El magistrado Salvador Nava Gomar manifestó que el hecho de que no se vayan a monitorear los programas de opinión es acertado, pues “abona en aras de la propia libertad de expresión, del derecho a la información y de un debate vigoroso de las ideas democráticas, lo cual desemboca y asegura un voto más libre porque es mejor informado”.
La Sala Superior confirma la validez del Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral
En otro asunto, el Pleno confirmó la legalidad del Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral aprobado por el Consejo General del INE, al considerar como infundados e inoperantes los agravios en contra de dicha norma formulados por los partidos Encuentro Social, de la Revolución Democrática, Acción Nacional y Morena.
En el proyecto de sentencia, aprobado por unanimidad, se establece que el modelo de comunicación política se establece en la lógica de coberturas por entidad federativa, pues así lo contempla la normatividad constitucional y legal, por lo que no es posible utilizar un modelo diferenciado por estación o canal de televisión entre seguimientos informativos municipales, distritales, estatales y federales, como lo pretendían los impugnantes.
Al expresar su voto a favor de la confirmación del nuevo Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral, el magistrado presidente, José Alejandro Luna Ramos, indicó que una sociedad como la nuestra, donde los medios de comunicación tienen tanta relevancia cultural y permean en lugares en los cuales, aún en nuestros días es complejo llegar, se hace indispensable una regulación sólida para mantener equilibrados los diversos intereses políticos en las contiendas electorales.
Se ordena al INE modificar el modelo de boletas electorales
En la misma sesión, la Sala Superior ordenó al Consejo General de INE que emita un nuevo acuerdo en el que apruebe el modelo de la boleta electoral que será utilizada en la elección de diputados federales de 2015, con el fin de que todos los emblemas de los partidos políticos y de los candidatos independientes tengan la misma proporción.
Se ordena al Congreso de Hidalgo legislar en materia de candidaturas independientes
La Sala Superior ordenó a la Sexagésima Segunda Legislatura del Congreso de Hidalgo, que de inmediato, legisle en materia de candidaturas independientes, iniciativa ciudadana y consulta popular, conforme a lo ordenado en el artículo tercero transitorio del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 9 de agosto de 2012.
Por unanimidad, los integrantes del Pleno avalaron el proyecto de sentencia elaborado por la Ponencia del magistrado Flavio Galván Rivera, en el que se determinó que el Congreso local ha sido omiso al no expedir la legislación secundaria relativa a estas figuras jurídicas, pese a que el plazo establecido para tal fin, que era de un año, ha transcurrido en exceso.