header

REVOCA LA SALA TOLUCA LA DESIGNACIÓN DE DIPUTADOS LOCALES POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA EN EL ESTADO DE MÉXICO

4 /mayo /2015 / Sala Regional Toluca 35/2015

Toluca de Lerdo, Edo. de Méx., a

En sesión pública celebrada en esta fecha, el pleno de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió tres juicios ciudadanos promovidos en contra de diversas resoluciones intrapartidarias emitidas por la Comisión Nacional Jurisdiccional del referido instituto político.

En la resolución impugnada se había confirmado el dictamen aprobado por el Primer Pleno Extraordinario del VIII Consejo Estatal Electivo del Partido de la Revolución Democrática en el Estado de México, relativo a la designación de las candidaturas de diputaciones locales de mayoría relativa de dicho partido político.

En las sentencias se considera que aunque se cumplió formalmente con la paridad de género, no se cumplió con la dimensión material o sustantiva de dicho deber, previsto en el artículo 3, párrafos 4 y 5 de la Ley General de Partidos Políticos, pues se consideró que existió un sesgo desfavorable hacia el género femenino en la distribución de las candidaturas en los distritos de mayor votación.

En consecuencia, la mayoría determinó revocar la designación de candidaturas efectuada por el Partido de la Revolución Democrática, para el efecto de que se emita una nueva en la que se atienda a la dimensión sustantiva y material de la paridad de género.

En la sesión pública celebrada en esta fecha, se resolvieron siete juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.



Síguenos en twitter: @TEPJF_TOL


Quinta Circunscripción
Colima, Hidalgo, Estado de México y Michoacán