CONFIRMA SALA SUPERIOR NEGATIVA DE MEDIDAS CAUTELARES PARA SUSPENDER PROMOCIONALES DEL PVEM
7 /noviembre /2014 / Sala Superior 342/2014
México, D.F.
- La transmisión de los spots se encuentra dentro de los límites previstos en la normativa electoral
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el Acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), que negó el otorgamiento de medidas cautelares por la difusión de promocionales alusivos a los informes de labores de diputados y senadores del Partido Verde Ecologista de México (PVEM).
Por unanimidad, los integrantes del Pleno avalaron el proyecto de sentencia elaborado por la Ponencia del magistrado Constancio Carrasco Daza, en el que se determinó que los spots sobre los informes de labores de los diputados federales, Ana Lilia Garza Cadena y Enrique Aubry de Castro Palomino, así como de los senadores Carlos Alberto Puentes Salas y María Elena Barrera Tapia, se encuentran dentro de los límites previstos en la normativa electoral.
La Magistrada y los Magistrados desestimaron los medios de impugnación presentados por el senador Javier Corral Jurado, consejero del Poder Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN) ante el Consejo General del INE, en contra de los promocionales emitidos en radio y televisión, abierta y restringida, ya que al realizar el monitoreo respectivo los días 1 y 2 de noviembre, no se advirtieron elementos que demuestren la comisión de los hechos denunciados.
En tal sentido, no se comprobó que el PVEM haya hecho uso indebido de tiempos en radio y televisión, a los que tiene derecho.
Por otro lado, desechó el medio de impugnación presentado por Rafael Briceño Cota en contra de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral y de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, por la supuesta omisión en la aplicación de medidas cautelares ante la difusión de promocionales en televisión y radio del informe de actividades de Claudia Pavlovich Arellano, senadora del Partido Revolucionario Institucional (PRI).
Lo anterior, al determinar que el asunto quedó sin materia, debido a que las autoridades ya resolvieron sobre las medidas solicitadas.