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SALA REGIONAL XALAPA CONFIRMA CANDIDATOS A DIPUTADOS FEDERALES DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL EN EL DISTRITO 16 DE CÓRDOBA, VERACRUZ

13/abril /2015 / Sala Regional Xalapa 17/2015

Xalapa de Enríquez, Veracruz

  • Confirma elección de integrantes del Comité Ejecutivo Municipal del PRD en Camerino Z. Mendoza, Veracruz.

En sesión pública de resolución del 13 de abril de la presente anualidad, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al resolver el juicio ciudadano 286 del presente año; promovido por José Antonio Pérez Vian, confirmó el acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional (PAN), a través del cual se designó de forma directa a la fórmula de candidatos a diputados federales de ese partido en el Distrito16, con cabecera en Córdoba, Veracruz.

Pues contrario a lo expresado por el actor, quien señaló que existieron diversas carencias en el desarrollo del procedimiento de designación de candidatos, tales como el que supuestamente no se analizaron a detalle los perfiles de los integrantes de la terna, ni se señalaron cuales eran los elementos por los que se eligió a uno y se excluyó al resto. Los magistrados federales decidieron desechar dichos agravios, en virtud de que la determinación partidista estaba tutelada por el derecho de auto-organización de los partidos políticos, mismo que tiene jerarquía constitucional.

Cabe destacar, que el derecho auto-organización protege la designación directa de los candidatos a cargos de elección popular en casos extraordinarios, pues se realiza en el uso de su facultad discrecional. Además, de acuerdo con la doctrina y los precedentes de la Sala Superior de este Tribunal, en el ejercicio de esa potestad, se permite el arbitrio, ponderación y determinación de quien la tiene. Por lo que los magistrados de la Sala Xalapa concluyeron que la facultad de designación del candidato en forma directa, se ejerció con apego a la normativa aplicable.


Sala Regional Xalapa confirma elección de integrantes del Comité Ejecutivo Municipal del PRD en Camerino Z. Mendoza, Veracruz

En el mismo oren de ideas, la Sala Regional Xalapa, al resolver el juicio ciudadano 275 del año en curso, confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Veracruz, la cual, a su vez, había confirmado la elección de presidente, secretario general y demás integrantes del Comité Ejecutivo Municipal del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en Camerino Z. Mendoza, de la entidad federativa antes mencionada.

Ello, debido a que los magistrados integrantes de esta Sala Regional desestimaron la pretendida inconstitucionalidad del artículo 269, inciso b) del Estatuto del Partido de la Revolución Democrática, que querían hacer valer Ermilo Rosas Ramírez y otros ciudadanos al promover dicho juicio ciudadano.

Pues si bien en la estancia primigenia el Tribunal local realizó un incorrecto análisis del planteamiento del asunto, al señalar que era inoperante debido a que los actores no impugnaron la convocatoria respectiva; lo cierto es que, del análisis de la constitucionalidad de ese artículo, se advirtió que no es contrario a la Carta Magna, pues la interpretación sistemática de esa norma con las restantes disposiciones reglamentarias del mismo instituto político, establecen que en la elección del presidente y secretario general se otorgará el triunfo a la fórmula que obtenga una votación calificada, la cual como mínimo debe representar el 60% de la votación total, y de no alcanzarse en la primer ronda, se pueden realizar hasta tres fases de votación con las fórmulas que obtuvieron un mejor puntaje durante la primera ronda. Si después de la tercera ronda nadie alcanzara dicha votación, quien tenga el mayor número de votos obtiene la presidencia, y el segundo lugar la secretaría general.

Dado lo anterior, en el caso que nos ocupa, se llevó a cabo una segunda ronda porque en la primera la planilla ganadora no obtuvo la votación calificada, consiguiendo solamente el 59.57% de los votos, de ahí que se determinara como correcto que se le asignaran la presidencia y secretaria general a la planilla ganadora de la segunda ronda, encabezada por Apolinar Hernández Macías y María Eugenia Garcés Linares

En la sesión pública de resolución de este lunes se analizaron y resolvieron siete juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

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