Ordena Sala Toluca al Ayuntamiento de Manzanillo, Colima, atender solicitud de Presidenta Municipal suplente
22/mayo /2009 / Sala Regional Toluca 38/2009
Toluca, Méx.,
Los Magistrados de la Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ordenaron al Ayuntamiento de Manzanillo, Colima, dar respuesta a la petición de María Isabel Rivera Solórzano, a su solicitud de tomarle protesta como Presidenta Municipal Suplente y tomar posesión del cargo, esto ante la ausencia de Virgilio Mendoza Amezcúa quién se separó del cargo desde el tres de abril de dos mil nueve.
Al respecto, los Magistrados Santiago Nieto Castillo, Adriana Favela Herrera y Carlos Morales Paulín, concluyeron que la solicitud de Rivera Solórzano hecha desde el 23 de abril, al Ayuntamiento de Manzanillo, Colima, no había sido resuelta, por lo que ordenaron al ayuntamiento, para que en un plazo de 24 horas, después de la notificación correspondiente, sesione en forma extraordinaria para que responda en el sentido que estime procedente a la petición de Rivera Solórzano.
En cuanto a la demanda ciudadana presentada por Jaime López Pineda contra la resolución de la Comisión Nacional de Garantías (GNG) del Partido de la Revolución Democrática (PRD), que declaró improcedente su recurso de queja contra el registro de José Alejandro Gamiño Palacios como candidato a presidente municipal por el PRD en Coacalco de Berriozabal, Estado de México; los magistrados de la Sala Toluca revocaron dicha resolución debido a que Gamiño Palacios no había cumplido con uno de los requisitos de la convocatoria, como el ser militante del PRD por lo menos por seis meses, y en su registro se encuentra como candidato externo, lo que era contrario a las disposiciones de la convocatoria del PRD, además que dicho municipio no era reservado.
En otro juicio ciudadano presentado por Luis Gustavo Parra Noriega, en contra de la sustitución de su candidatura como diputado local, en el Estado de México, por el principio de Representación Proporcional, ubicado en el lugar número dos de la lista, realizada por el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Partido Acción Nacional (PAN); los magistrados Nieto Castillo, Favela Herrera y Morales Paulín, revocaron dicha determinación y ordenaron al comité directivo Estatal del PAN y a su representante ante el Instituto Electoral del Estado de México, el registro de la candidatura del demandante, toda vez que la sustitución impugnada no se encontraba justificada,
En el juicio de revisión constitucional electoral presentado por el Partido Acción Nacional (PAN) contra la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Hidalgo, que confirmó el acuerdo dictado por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de esa entidad, el cual otorgó el registro a la coalición "Primero Hidalgo", integrada por los partidos políticos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México, para contender en las próximas elecciones extraordinarias para integrar los ayuntamientos de Emiliano Zapata, Huazalingo y Zimapán; los magistrados de la Sala Toluca confirmaron dicha determinación al concluir improcedentes los motivos de inconformidad señalados por el PAN en su demanda.
En la sesión de este día, la Sala Toluca resolvió 28 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y un juicio de revisión constitucional.