header

LA SALA REGIONAL DF DEL TEPJF ORDENA A LA SALA UNITARIA ELECTORAL DEL ESTADO DE TLAXCALA, EMITA NUEVAS RESOLUCIONES VINCULADAS CON LA RETENCIÓN DE REMUNERACIÓN ECONÓMICA AL CARGO DE REGIDORES.

26/marzo /2015 / Sala Regional Ciudad de México 18/2015

México, D. F.

La Sala Regional Distrito Federal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el día de hoy celebró Sesión Pública y resolvió 16 Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, 3 Juicios Electorales, 1 Juicio de Revisión Constitucional Electoral y 1 Recurso de Apelación.

Es de destacar que la Sala Regional Distrito Federal, al resolver cuatro juicios ciudadanos, determinó fundados los agravios de los actores y revocó las resoluciones de la Sala Unitaria Electoral del Estado de Tlaxcala, que sobreseyeron los juicios ciudadanos locales relacionados con la retención de la remuneración económica inherente al cargo de Regidores y declararon infundados sus agravios, respecto a la omisión de convocarlos a sesiones de Cabildo. La revocación de esas resoluciones fue para el efecto de que la Sala responsable, se allegue de la documentación atinente, y con sustento en ella, emita en cada caso, una nueva determinación, debidamente fundada y motivada.

En otro tema, la Sala Regional Distrito Federal, al resolver diverso juicio ciudadano, ordenó a la Comisión Ejecutiva Nacional del Partido del Trabajo, implemente acciones a fin de resolver, a la brevedad, la situación de conflicto prevaleciente en sus órganos de dirección en el Estado de Tlaxcala, y dar vista al Instituto Nacional Electoral, para los efectos conducentes, dadas sus facultades de supervisión y vigilancia, tendentes a imponer las acciones correctivas que en su caso lleguen a proceder.

Ello, entre otras consideraciones que se destacan en su sentencia, porque el comisionado político nacional fue nombrado el 7 de marzo de 2012, con la encomienda de restablecer la cotidianidad de la vida orgánica de los órganos de dirección estatal del Partido del Trabajo en el estado de Tlaxcala, de lo cual ya transcurrieron más de tres años, sin que exista indicio de solución alguna, y con el fin de contribuir al desarrollo democrático de la vida interna de ese instituto político.

Por otra parte, la Sala Regional Distrito Federal, al resolver diverso juicio ciudadano revocó la resolución impugnada y determinó que el Consejo Municipal se pronuncie en plenitud de atribuciones sobre la procedencia o no de las solicitudes formuladas por los aspirantes a candidatos independientes a presidente y síndico, propietario y suplente del Ayuntamiento de Jojutla, Morelos.

En otro tema, en un recurso de apelación la Sala Regional DF determinó revocar la resolución impugnada, a efecto de que el Consejo Local del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Guerrero, en plenitud de atribuciones, se pronuncie respecto del fondo, en lo individual, de cada uno de los recursos de revisión presentados por Morena, en el plazo establecido en su sentencia.

Por otra parte, la Sala Regional Distrito Federal, al resolver tres juicios ciudadanos confirmó la negativa de las solicitudes de expedición de credencial para votar de los actores, en razón de que las presentaron fuera del plazo establecido para ello.