EL TEPJF RESUELVE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN RELACIONADOS CON LA INTEGRACIÓN DE LOS OPLES
29/septiembre/2014 / Sala Superior 297/2014
México, D. F.
- La Sala Superior anuló resultados de la elección interna del PRD en el Estado de México y Chiapas
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió 19 juicios relacionados con la integración de los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLEs), cuya integración será determinada mañana por el Consejo General del INE.
En 4 juicios, revocó la determinación de la Comisión de Vinculación con los OPLEs del INE, de retirar a candidatas y candidatos a consejeras y consejeros presidentes y consejeras y consejeros electorales de la etapa de entrevistas, ya que no precisó cuál es el requisito que en su caso incumplieron, ni expuso las razones por las cuales consideraron que el perfil de los actores no se ajustó a los criterios de idoneidad.
Tampoco informó respecto de las observaciones que formularon los partidos políticos para excluirlos de las listas de personas para integrar dichos organismos, ni mucho menos fundó, ni motivó tal determinación.
Por otro lado, y por mayoría de votos, confirmó la exclusión de María Lilia Hernández Núñez de la lista de mujeres que tuvieron un resultado favorable en la etapa de valoración curricular en el proceso de selección y designación de integrantes del OPLE en Guanajuato, por lo cual no pudo acceder a la etapa de entrevistas. Sin embargo, consideró que la Comisión de Vinculación debe informar a la actora sobre la forma de valoración y los resultados que obtuvo en la etapa respectiva.
En 5 juicios, declaró infundados los medios de impugnación presentados por aspirantes para pasar a la etapa de entrevistas para consejera o consejero presidente y consejeras o consejeros electorales de los organismos públicos locales, en virtud de que los actores ya habían controvertido la etapa de valoración curricular y la Sala Superior declaró infundada su pretensión.
En otros 3 juicios, declaró fundada la pretensión de los actores de que la Comisión de Vinculación les informe los resultados de la valoración curricular, toda vez que no ha dado respuesta a sus escritos presentados el 10, 11 y 12 de septiembre.
Por mayoría de votos, también declaró infundado el medio de impugnación presentado por Javier Montalvo Pérez, aspirante a consejero local del organismo en San Luis Potosí, quien argumentó que la Comisión del INE no le dio una respuesta favorable relacionada con la solicitud de revisión de la valoración curricular.
En 4 juicios, promovidos por diversos participantes en el proceso de designación de los integrantes de los OPLEs, se revocó la determinación del organismo sobre que los aspirantes se encontraban inhabilitados para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público, ya que las justificaciones que dio para su exclusión no se encuentran ajustadas a derecho.
En lo relacionado al medio de impugnación presentado por José Caleb Vilchis Chávez, aspirante a consejero presidente o consejero electoral del OPLE, en el Estado de México, quien reclamó que la convocatoria no establece un medio de defensa ordinario para combatir actos de autoridad que pudieran derivar del procedimiento de selección, se determinó como infundado, ya que el accionante no la impugnó en su oportunidad.
Anula TEPJF resultados de la elección del PRD en el Estado de México y en Chiapas
La Sala Superior anuló los resultados en ciertas casillas de la elección de consejeros nacionales, estatales y congresistas nacionales del Partido de la Revolución Democrática (PRD), correspondientes al Distrito Electoral 08 en Tultitlán, Estado de México, y al 05 en Chiapas.
En el primer caso, el Pleno avaló el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Flavio Galván Rivera, en el que se determinó la modificación de los resultados ya que en la casilla 5597 Básica la votación fue recibida por una persona que no es militante del instituto político, ni tampoco estaba autorizada para fungir como escrutadora, por lo cual puso entredicho el cumplimiento de los principios de certeza y legalidad del sufragio.
En el segundo caso, se respaldó el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Salvador Nava Gomar, en el que se determinó la nulidad de la votación recibida en las casillas 1158 básica y 1158 contigua 1, de Zinacantán, Chiapas, ya que se permitió votar a personas del municipio que no se encontraban en las listas nominales correspondientes.
Por lo anterior, se ordenó al Consejo General y a la Junta General Ejecutiva del INE que lleven a cabo los actos necesarios para que se modifiquen los cómputos totales de las elecciones.
También se revocó la determinación de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE de sustituir a Ramona Mar González, como consejera delegacional en el Distrito Federal del emblema Foro Nuevo Sol del PRD.
Así mismo, se confirmaron los resultados del cómputo de la elección del Consejo Nacional del PRD en Oaxaca.
Durante la sesión pública el Pleno resolvió 27 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y un recurso de reconsideración que hacen un total de 28 medios de impugnación.