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EL PROGRAMA PARA LA TRANSICIÓN A LA TELEVISIÓN DIGITAL NO CONTRAVIENE LA NORMATIVA ELECTORAL: SALA REGIONAL ESPECIALIZADA

26/febrero /2015 / Sala Regional Especializada 15/2015

México D.F.

• El programa para la transición a la televisión digital terrestre se realiza en cumplimiento a un mandato constitucional.

• Las expresiones gráficas y logotipo contenidos en los televisores no constituye propaganda electoral, sino que se trata de la imagen de la Administración Pública Federal.

La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que la entrega gratuita de televisiones digitales por parte del Ejecutivo Federal y las Secretarías de Comunicaciones y Transportes (SCT) y Desarrollo Social (SEDESOL) no afectan el principio de equidad en la contienda electoral federal, porque la sola implementación del programa no es ilegal.

Ya que, con motivo de la reforma constitucional y legal en materia de Telecomunicaciones, se implementó el programa para la transición a la televisión digital terrestre, consistente en la repartición de equipos receptores o decodificadores de conformidad con el padrón de beneficiarios de SEDESOL.

En sesión pública, el Pleno consideró que la difusión de la propaganda para dicho programa no se realizó fuera del periodo vedado por la Constitución federal, que comprende desde el inicio de la campaña electoral hasta el día de la jornada electoral, abarcando del 5 de abril al 7 de junio del presente año, y no se advierten elementos adicionales que acrediten el propósito de llamar al voto a favor de candidato o partido político alguno.

En ese sentido, se estableció que las expresiones gráficas incluidas en los televisores y cajas que los contienen no implican promoción personalizada, al considerar que el logotipo inserto identifica la imagen de la Administración Pública Federal “Mover a México”, al considerar que no tiene elementos que influyan en los procesos electorales en curso.

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