LA SALA REGIONAL DF DEL TEPJF ORDENA A LA COMISIÓN DE JUSTICIA DEL PRI EN EL DF QUE EN 24 HORAS ELABORE PREDICTAMEN DE UN RECURSO INTRAPARTIDISTA Y DENTRO DE LAS 24 HORAS SIGUIENTES, REMITA EL EXPEDIENTE A LA COMISIÓN NACIONAL DE JUSTICIA PARA QUE EMITA RESOLUCIÓN EN EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE CANDIDATOS A JEFE DELEGACIONAL.
26/febrero /2015 / Sala Regional Ciudad de México 10/2015
México, D. F.
La Sala Regional DF al resolver un juicio ciudadano, determinó conocer vía persaltum de la impugnación planteada por la actora. Ello porque el Pleno de Magistrados consideró que de reencauzarse el escrito de demanda, al Tribunal Electoral del Distrito Federal, para que resuelva únicamente sobre si existe o no, una omisión en resolver la impugnación ante la instancia partidista, daría pauta a una cadena impugnativa sobre esa determinación, sin que la actora pudiera alcanzar su pretensión última, que es participar en el procedimiento de selección de candidatos a Jefe Delegacional.
Así la Sala Regional DF en este caso, resolvió ordenar a la Comisión de Justicia del PRI en el DF que dentro de las 24 horas siguientes a la notificación de su sentencia, elabore el pre dictamen de un recurso de intrapartidista y remita, dentro del mismo término el expediente atinente a la Comisión Nacional de Justicia de dicho instituto político, para el efecto de que en las 72 horas siguientes, emita la resolución que en Derecho proceda, así dejó a salvo los derechos de la ciudadana para que, en caso de que el órgano partidista emita una determinación desfavorable a sus intereses, acuda a la instancia jurisdiccional local para la interposición del juicio ciudadano respectivo.
La Sala Regional DF al resolver un diverso juicio ciudadano, determinó revocar la resolución de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del PRI y, en plenitud de jurisdicción, declaró infundados los agravios expresados por la actora y confirmó en lo que fue materia de impugnación, el acuerdo relativo al pre dictamen de procedencia de la ciudadana Leonor Gómez Otegui como aspirante a candidata a Diputada Federal.
En otro tema, la Sala Regional DF resolvió dos recursos de apelación y confirmó las resoluciones impugnadas. Ello porque en ambos medios de impugnación, quedó demostrado, que las actoras, militaban en un partido político, lo cual es contrario a la disposición que establece dicha restricción, para desempeñarse como capacitador-asistente electoral.
Finalmente la Sala Regional DF en dos juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano; en un recurso de apelación, y en un incidente de inejecución de sentencia, resolvió su improcedencia.