LA SALA SUPERIOR MODIFICA ASIGNACIÓN DE DIPUTADOS PLURINOMINALES EN NAYARIT
16/agosto /2014 / Sala Superior 239/2014
México, D. F.
- Se resuelven medios de impugnación sobre integración del Congreso del estado que asume funciones el 18 de agosto
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó, en plenitud de jurisdicción, la asignación de diputados por el principio de representación proporcional en Nayarit, cuyo Congreso será instalado el próximo 18 de agosto.
El Pleno ordenó al Consejo General de Instituto Estatal Electoral de la entidad que se acate la siguiente distribución de diputados de representación proporcional: al Partido Acción Nacional (PAN) le corresponden cuatro diputados; al Partido de la Revolución Democrática (PRD) tres; a la Coalición por el Bien de Nayarit conformada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Verde Ecologista de México (PVEM) así como por Nueva Alianza le corresponde uno; al Partido del Trabajo (PT) dos y a Movimiento Ciudadano (MC) dos.
Por unanimidad, el Pleno avaló el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado, Salvador Nava Gomar, en el que se propuso revocar la resolución de la Sala Regional Guadalajara que, en su momento, confirmó la asignación de diputaciones por el principio de representación realizada por la Sala Constitucional-Electoral del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Nayarit.
El Magistrado ponente comentó que dicha distribución se realizó en cumplimiento a las modificaciones establecidas en la reciente reforma político-electoral, plasmadas en el artículo 116 de la Constitución, que evitan la sub y sobre representación.
La magistrada María del Carmen Alanis Figueroa se sumó al proyecto, toda vez que consideró que debe aplicarse en forma directa la reforma constitucional que establece un límite de sobrerepresentación de 8% sobre la votación emitida. Por esta razón, apoyó que se revocaran las determinaciones previas y se ordenara una nueva asignación.
El magistrado Pedro Esteban Penagos López comentó que la fracción segunda del artículo 116 es muy clara en el sentido de que en ningún caso, un partido político deberá contar con un porcentaje de diputados que exceda en 8 puntos la votación obtenida. Agregó que el precepto constitucional establecido en la reciente reforma constitucional en materia político-electoral, evita la sobrerepresentación en los Congresos, por lo que es necesario que se cumpla.
Por su parte el magistrado José Alejandro Luna Ramos, presidente de la Sala Superior, consideró que con esta asignación se da cabal cumplimiento al contenido del artículo 116, respecto de la barrera de la subrepresentación para establecer este tipo de designación proporcional, a efecto de que como lo establecieron los legisladores, se haga efectiva la pluralidad en los órganos legislativos.
Confirman listas de diputaciones plurinominales del PAN en Nayarit
En otro asunto, la Sala Superior confirmó la lista de candidatos a diputados por el principio de representación proporcional del PAN en Nayarit.
Por unanimidad, el Pleno de la Sala Superior avaló el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Pedro Esteban Penagos López, en el que se determinó que no es posible que José Luis Ocegueda Navarro pretenda ocupar un lugar en la lista de las candidaturas, dado que ésta ya fue materia de análisis en la vía jurisdiccional, local y federal, y las resoluciones han causado ejecutoria y se han dotado de definitividad.
Durante la sesión pública, la Sala Superior resolvió 3 recursos de reconsideración.