RESUELVE LA SALA REGIONAL TOLUCA DEL TEPJF UN JUICIO PROMOVIDO POR MOVIMIENTO CIUDADANO RELACIONADO CON LA PROMOCIÓN DE LA IMAGEN DE UN DIPUTADO FEDERAL EN EL ESTADO DE MÉXICO.
27/enero /2015 / Sala Regional Toluca 7/2015
Toluca de Lerdo, Edo. de Méx., a
Los integrantes del pleno de la Sala Regional, resolvieron por mayoría de votos, revocar la resolución emitida por el Tribunal Electoral Estatal, la cual declaró inexistente la violación denunciada por el demandante, consistente en la indebida promoción de la imagen del Diputado federal por el Distrito 15 en el Estado de México, por la difusión de su Segundo Informe de Labores.
Los magistrados razonaron que sí existió una promoción indebida de la imagen del diputado, pues excedió el tiempo permitido para publicitar su informe de labores, lo que constituyó una violación a la Constitución y a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
En otro de los asuntos analizados en la sesión pública, se resolvió un juicio ciudadano promovido por una candidata del Partido Acción Nacional en contra de la Comisión Organizadora Electoral Estatal del referido instituto político en el Estado México.
En su demanda la militante controvirtió el acuerdo que determinó la improcedencia de su solicitud de registro para para participar en el proceso interno de selección de las fórmulas de candidatos a diputados federales por el principio de mayoría relativa.
Los magistrados integrantes del pleno de la Sala Regional, determinaron desestimar la vía per saltum (salto de la instancia) intentada por la actora, toda vez que el acto impugnado no resulta irreparable, ya que atendiendo al calendario electoral, la ciudadana está en aptitud de hacer valer su pretensión en la instancia partidista a través del Juicio de Inconformidad, el cual quedó demostrado que ya había sido promovido por la actora y del cual se desistió para promover vía per saltum el juicio ante la Sala Regional.
En tal sentido, los magistrados dejaron sin efectos el escrito de desistimiento del juicio referido, para que la Comisión Jurisdiccional Electoral del PAN, continúe conociendo del medio de impugnación intrapartidista y lo resuelva conforme corresponda.
En total en la sesión pública se resolvieron dos juicios ciudadanos y un juicio de revisión constitucional electoral.
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Quinta Circunscripción
Colima, Hidalgo, Estado de México y Michoacán