LA SALA REGIONAL DF RESUELVE DIVERSOS JUICIOS CIUDADANOS VINCULADOS CON EL PROCESO DE SELECCIÓN DE LAS FÓRMULAS DE CANDIDATOS A DIPUTADOS FEDERALES POR EL PRINCIPIO DE MAYORIA RELATIVA DEL PAN EN DIVERSOS DISTRITOS ELECTORALES DEL ESTADO DE PUEBLA
16/enero /2015 / Sala Regional Ciudad de México 2/2015
México, D. F.
La Sala Regional DF en su Sesión Pública de este día, resolvió diversos juicios ciudadanos promovidos en contra de la resolución dictada por la Comisión Jurisdiccional Electoral del Partido Acción Nacional que desechó por improcedentes los juicios de inconformidad interpuestos en contra de las providencias emitidas por el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional de dicho partido en el acuerdo SG/341/2014 en donde en plenitud de jurisdicción resolvió confirmar las referidas providencias.
Ello, en razón de que el Pleno de Magistrados de la Sala Regional DF consideraron que del contenido del acta de la primera sesión extraordinaria del Comité Directivo Municipal de Puebla, se advierte que la solicitud remitida a la Comisión Permanente Nacional, colmó el supuesto exigido en el artículo 105 del Reglamento de Elecciones, ya que fue acordada por al menos las dos terceras partes de los presentes.
Además de lo anterior, el Pleno de Magistrados de este organismo jurisdiccional federal, consideraron que en ese caso: se colmó el requisito relativo a la rentabilidad y conveniencia del proceso abierto, acorde con lo determinado por el Comité Municipal, adminiculados con las motivaciones contenidas en las Providencias; que el referido instituto político al ser una entidad de interés público puede determinar democráticamente el método de elección a candidatos que mejor convenga a sus intereses políticos, siempre y cuando se encuentren dentro de su normatividad interna, como lo señala el artículo 81 párrafo dos de los Estatutos y que el método de elección abierta para las candidaturas en los distritos 6, 9, 11 y 12 del Estado de Puebla, no afecta el derecho de afiliación de los actores ni se les restaba valor electivo a los militantes, ya que esto se considera como un acto plural e incluyente para todos los simpatizantes del partido que sin tener esa calidad, puedan participar en la toma de decisiones de dicho partido político.
Por otra parte, la Sala Regional DF en esta sesión pública, también resolvió diversos juicios ciudadanos que se promovieron para controvertir la resolución dictada por la Comisión Jurisdiccional Electoral del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional dentro de los juicios de inconformidad 11 y acumulados del año en curso, mediante la cual determinó confirmar la Convocatoria para participar en el proceso de selección de las fórmulas de candidatas y candidatos a Diputados Federales por el principio de mayoría relativa que registrará el referido instituto político en los distritos electorales federales 6, 9, 11 y 12 del estado de Puebla y determinó confirmar la resolución impugnada.
Lo anterior, en razón de que en estos juicios el Pleno de Magistrados de esta Sala Regional, consideraron que operó la figura jurídica de eficacia refleja de la cosa juzgada, porque al resolver diverso juicios ciudadanos, determinaron confirmar las providencias mediante las cuales el Presidente del Comité Ejecutivo del Partido Acción Nacional, autorizó la utilización del método de selección abierta que incidió en estos juicios ciudadanos.
En un diverso juicio ciudadano promovido en contra de la resolución al declarar improcedente su solicitud de expedición de credencial para votar, la Sala Regional DF revocó la resolución impugnada y ordenó a la autoridad responsable incorpore al actor al padrón electoral y dé tramite a su solicitud de expedición de credencial para votar con fotografía y de no existir diverso impedimento se la entregue.