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SALA REGIONAL XALAPA TUTELA EL DERECHO DE UN CIUDADANO A SER ASPIRANTE A CANDIDATO INDEPENDIENTE A DIPUTADO FEDERAL POR EL DISTRITO ELECTORAL 10 DE VERACRUZ

8 /enero /2015 / Sala Regional Xalapa 1/2015

Xalapa de Enríquez, Veracruz

 

En la sesión pública de resolución de este 08 de enero de 2015, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó otorgar la calidad de aspirante a candidato independiente a diputado federal por el Distrito Electoral 10 del estado de Veracruz a José Valencia Sánchez; esto, al revocar la determinación de la 10 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) de la entidad federativa en mención, que tuvo como no presentada la solicitud del actor para obtener dicho registro al no cumplir con un requisito.

Los Magistrados declararon fundada la pretensión del promovente, dado que realizó todos los actos que estaban a su alcance para cumplir con los requisitos solicitados por el INE para poder ser registrado como aspirante a candidato independiente, siendo circunstancias ajenas a éste las que le impidieron presentar la copia del contrato de apertura de una cuenta bancaria.

Pues, el no obtener dicha cuenta bancaria el veintiséis de diciembre de 2014 no fue una circunstancia atribuible a él, ya que el requerimiento realizado por la Junta Distrital Ejecutiva en comento, para subsanar la omisión en que incurrió el actor, tuvo un plazo de dos horas con cuarenta y nueve minutos, y comprendió horarios no laborables para las instituciones bancarias, con lo cual se trastocó el derecho del enjuiciante a ser prevenido en un término razonable para subsanar omisiones, tal y como ha sido tutelado por la Sala Superior de este tribunal en otros asuntos.

Con esta determinación tomada por los Magistrados de esta Sala Regional, no se vulnera la finalidad de fiscalización a que atiende el requisito de la presentación de una cuenta bancaria, pues el hecho de que se le otorgue en este momento al actor el registro como aspirante a candidato independiente, únicamente le perjudica a éste, al contar con menos días para realizar las actividades para la obtención del respaldo ciudadano.

Durante la sesión pública, los Magistrados enmarcaron que se está ante un asunto de trascendencia jurídica, derivado de que éste es el primer ejercicio en el que a nivel federal se va a presentar el registro de las candidaturas independientes a diputados. El proceso se encuentra en una primera etapa, en donde lo que buscan las personas interesadas es ser aspirantes para, con posterioridad, obtener su registro.

En el caso de José Valencia Sánchez, el subsanar la omisión referente a la presentación del documento de apertura de una cuenta bancaria, no era un hecho que repercutiera en los requisitos para determinar su elegibilidad para poder aspirar y acceder al cargo de diputado federal; por lo que se podía enmendar otorgando un plazo razonable, dadas las circunstancias contextuales.

En la sesión pública de resolución de este jueves se analizaron y resolvieron dos juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y un recurso de apelación.

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