SALA MONTERREY CONFIRMA ELECCIÓN DE CANDIDATO DEL PAN AL MUNICIPIO DE ACÁMBARO, GUANAJUATO
8 /enero /2015 / Sala Regional Monterrey 1/2015
Monterrey, Nuevo León
- Por extemporaneidad, desecha queja sobre irregularidad en el registro del Partido Humanista ante órgano electoral local en Nuevo León.
La Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia del Tribunal Electoral Estatal de Guanajuato en la que valida el proceso interno de selección de Ramón Merino Loo, como candidato del Partido Acción Nacional (PAN) al ayuntamiento de Acámbaro, Guanajuato, para el proceso electoral local 2014-2015.
Víctor Chombo López, quien fue precandidato en la contienda partidista, planteó en su queja que el tribunal electoral local realizó una valoración incorrecta de las pruebas que presentó para acreditar el rebase del tope de gastos por parte del ganador, pero sin dar argumentos que refutaran el razonamiento empleado por el órgano jurisdiccional para desestimarlas. De las fotografías que entregó, de aparentes bardas o espectaculares con propaganda a favor del precandidato, y de las cotizaciones de diversos insumos o pagos a personas de apoyo, el tribunal local determinó que no se demostró ni su realización ni que Merino Loo haya realizado dichas contrataciones.
Al resolver el juicio ciudadano SM-JDC-585/2014, los magistrados señalaron que resulta jurídicamente inviable analizar la legalidad de la resolución impugnada debido a que el actor no proporcionó argumentos para contrarrestarla, por lo que confirmó la sentencia.
Desecha queja sobre irregularidad en la solicitud de registro del Partido Humanista en Nuevo León.
Durante la sesión, la Sala Monterrey determinó desechar la queja presentada contra la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León (TEENL) que sobreseyó la impugnación por presuntas irregularidades en la solicitud de acreditación del Partido Humanista ante la Comisión Estatal Electoral de Nuevo León para participar en el proceso electoral local, por presentarse de manera extemporánea.
Los magistrados señalaron que el juicio ciudadano SM-JDC-583/2014 se presentó fuera del plazo legal de cuatro días. La notificación de la sentencia impugnada se realizó el día 22 de diciembre de 2014, por lo que el actor tenía hasta el día 26 de ese mes para presentar su queja, considerando que está en curso el proceso electoral por lo que todos los días son hábiles conforme a la ley. La impugnación se presentó un día después de vencido el plazo, por lo que se consideró improcedente.
Por último, la Sala Monterrey determinó desechar el juicio de revisión constitucional SM-JRC-23/2014 y acumulados, contra la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de Tamaulipas que cancelaba el proceso de renovación del Comité Directivo Estatal del PAN en ese estado, debido a que este órgano jurisdiccional, al resolver los juicios ciudadanos SM-JDC-443/2014 y acumulados, revocó la sentencia el pasado 23 de diciembre de 2014, quedando sin materia de análisis los juicios recibidos el 7 de enero de 2015.
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