EL TEPJF OTORGA PLAZO DE 12 HORAS A PARTIDO PROGRESISTA DE COAHUILA PARA PRESENTAR LISTA DE CANDIDATOS A DIPUTADOS PLURINOMINALES
5 /julio /2014 / Sala Superior 194/2014
México, D. F.
- Se debe salvaguardar el principio de certeza y equidad en la jornada electoral
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó otorgar un plazo de 12 horas al Partido Progresista de Coahuila para que presente una nueva lista de candidatos a diputados locales por el principio de representación proporcional.
Por unanimidad, el Pleno avaló el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Constancio Carrasco Daza, en el que se propuso confirmar la resolución emitida por la Sala Regional Monterrey, en el sentido de que la lista presentada por el partido impugnante no se apegaba a las disposiciones legales vigentes en Coahuila.
Por lo anterior, y por mayoría de tres votos, se concedió un nuevo plazo para que integre dicha lista con el objetivo de salvaguardar el principio de certeza y equidad que debe observar la jornada electoral, que se llevará a cabo mañana domingo, para renovar el Congreso local.
Al respecto, el magistrado Manuel González Oropeza comentó que por ser un partido estatal merece una consideración de mayor justicia para que pueda participar con el registro de sus candidatos. “No estamos dando un trato inequitativo a los demás partidos que ya registraron a sus candidatos, sino que estamos dando una especie de acción afirmativa de derechos políticos a ese instituto”, manifestó.
Mientras que el magistrado Pedro Esteban Penagos López consideró necesario dar un nuevo término al partido político para que tenga la oportunidad de apegar su lista conforme a lo que establece la ley, ya que de lo contrario estaríamos haciendo nugatorio el sistema de medios de defensa a los que tiene derecho, señaló.
Por su parte, el magistrado Constancio Carrasco Daza, refirió que los órganos encargados de impartir justicia deben interpretar la ley en el sentido que más favorezca a la protección de los derechos, y en este caso, lo que se propone es permitir de manera efectiva el ejercicio de un sufragio activo y pasivo que es la base de la democracia. “No estamos dando una mayor concesión al partido político, sino maximizando la eficacia de la Constitución”, afirmó.
El magistrado Flavio Galván Rivera afirmó que no se le puede conceder otro plazo al partido político para que presente otra lista de candidatos a diputados de representación proporcional, puesto que tuvo el tiempo para cumplir esa obligación y no lo hizo. “Es necesario cumplir los plazos establecidos por el Código Electoral del estado, no podemos violentar la normativa legal cada vez que un partido incumple un mandato de ley o las determinaciones administrativas o jurisdiccionales correspondientes”, dijo.
El magistrado presidente José Alejandro Luna Ramos expresó que los términos que señala la ley son fatales para las partes y no pueden modificarse o cambiarse porque sería inequitativo para los demás contendientes. “Para mí, desde el primer término que se le amplió a nivel administrativo, ya se salía del ámbito legal, después judicialmente se le dieron dos nuevos plazos, hoy sería la cuarta ocasión en que se le daría otra fecha para cumplir algo que ya concluyó”, sostuvo.
En otro asunto, la Sala Superior TEPJF confirmó el acuerdo emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), respeto de la imposibilidad de realizar las actividades necesarias para efectuar cambios en la demarcación del Estado de México, ya que se violarían los principios de certeza y seguridad jurídica ante la cercanía con el procesos electoral en dicha entidad.
Así mismo, en la sesión pública de este sábado, el TEPJF confirmó la sentencia emitida por la Sala Regional Monterrey, respecto del nuevo modelo de distribución de votos para las coaliciones, que establece que de resultar ganadores ciertos candidatos de la curul de mayoría relativa, representará al Partido Revolucionario Institucional (PRI) en el Congreso local de esa entidad y se contabilizará a dicho partido, para efectos de la asignación de diputados de representación proporcional.
Durante la sesión pública, la Sala Superior resolvió, 3 recursos de apelación y 2 recursos de reconsideración que hacen un total de 5 medios de impugnación.