LA DIFUSIÓN DE LOS PROMOCIONALES ALUSIVOS AL SEGUNDO INFORME DE LABORES DE LA SENADORA CLAUDIA PAVLOVICH FUE CONFORME A DERECHO
6 /diciembre /2014 / Sala Regional Especializada 2/2014
México, D.F.
- La Sala Regional Especializada resolvió hoy el primer procedimiento especial sancionador que le fue remitido por el INE.
- Se determinó la inexistencia de las infracciones planteadas por Rafael Briceño Cota.
La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), determinó la inexistencia de las infracciones planteadas por el denunciante consistentes en la indebida difusión del 2° informe de labores de la senadora Claudia Pavlovich.
En Sesión Pública el pleno aprobó por unanimidad el proyecto de sentencia elaborado por la Ponencia de Clicerio Coello Garcés, Magistrado Presidente, en el que se indica que el objetivo de los promocionales no fue posicionar a la Senadora Pavlovich, ni influir en las preferencias electorales, sino rendir su informe de labores en relación a las gestiones realizadas por la legisladora.
Del mismo modo los integrantes del Pleno estimaron que la temporalidad con que se difundieron los promocionales cumplió con la normativa aplicable, porque la difusión del primer informe de labores se realizó en marzo de 2014, respecto al primer año legislativo, y el segundo en el pasado mes de noviembre, que contempló las actividades realizadas del segundo año del ejercicio parlamentario.
Esto, en atención a lo previsto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que ha establecido la trascendencia del derecho de información de la ciudadanía respecto a las acciones que realizan los representantes populares, como mecanismo de rendición de cuentas.
Por ese motivo, al no existir conducta ilegal por parte de la lesgisladora se concluyó que tampoco existe responsabilidad de los concesionarios de radio y televisión que difundieron la publicidad, ni de las personas que participaron en la respectiva contratación de tiempos en tales medios, dado que la misma fue apegada a derecho.
La Magistrada Gabriela Villafuerte Coello y el Magistrado Felipe De La Mata Pizaña respaldaron con su voto el proyecto de sentencia.
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