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JUSTICIA INCLUYENTE IMPARTIDA POR EL TEPJF, SALVAGUARDA LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

30/mayo /2014 / Sala Superior 152/2014

México, D.F., a

La resolución sobre el caso de San Francisco Cherán sirvió de antecedente para que la SCJN declarara inválidas las reformas a la Constitución de Michoacán

Al resolver diversos asuntos relacionados con integrantes de las comunidades y pueblos indígenas, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha emitido tesis y jurisprudencias que establecen criterios enfocados a garantizar la impartición de una justicia incluyente hacia este sector y salvaguardar sus derechos político-electorales.

En ese sentido versa la resolución emitida el 3 de noviembre de 2011, sobre el caso de San Francisco Cherán, Michoacán, donde el TEPJF determinó que la comunidad indígena tiene derecho a la elección de sus propias autoridades conforme a sus prácticas tradicionales, y que el Estado debería armonizar su leyes locales a la Constitución federal, así como a los tratados internacionales para tutelar las garantías de los habitantes de esta población.

Esta sentencia sirvió de antecedente para la resolución del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que en días pasados, declaró inválidas las reformas a la Constitución de Michoacán en materia de derechos indígenas, reconociendo que los integrantes de la comunidad podrán presentar controversias constitucionales en contra de reformas a leyes estatales y federales que afecten los usos y costumbres de la población.

Actualmente la autoridad municipal de San Francisco Cherán, está integrada por un Concejo Mayor de Gobierno Comunal, como resultado del proceso electoral que se llevó a cabo en cumplimiento de la sentencia del TEPJF.

En esta resolución, el máximo organismo jurisdiccional en materia electoral del país aplicó de forma directa la Constitución y los tratados internacionales para garantizar el disfrute del derecho de autogobierno y de consulta.

Dicha sentencia, es una muestra más del compromiso del TEPJF con la protección de los derechos político-electorales de los integrantes de las comunidades indígenas en México, así como con la preservación de su cultura a través del derecho consuetudinario.


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