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SALA REGIONAL XALAPA TUTELA LOS DERECHOS DE LAS MILITANCIAS PARTIDISTAS

14/noviembre /2014 / Sala Regional Xalapa 47/2014

Xalapa de Enríquez, Veracruz

 

En la sesión pública de resolución programada para este 14 de noviembre de 2014, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al resolver el juicio ciudadano 283 de la presente anualidad, promovido por Héctor Martín Sánchez Hernández en su calidad de militante del Partido Acción Nacional (PAN) en el municipio de Coatzacoalcos, Veracruz; revocó la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado en mención (TEEV) relacionada con la omisión de Acción Nacional de emitir la convocatoria para la celebración de la asamblea estatal de Acción Juvenil en la referida entidad federativa.

Lo anterior, en virtud de que en su resolución el tribunal local varió la litis planteada por el promovente, pues lejos de otorgar una respuesta en relación con la omisión de emitir la convocatoria respectiva, únicamente se pronunció, haciendo una interpretación de la normativa interna del partido, respecto a la imposibilidad del actor a participar en dicho procedimiento al alcanzar el máximo de edad requerida por la norma estatutaria, 25 años, negándole la posibilidad de participar en dicho proceso electivo al considerar que en la fecha en la que se celebraría la elección ya tendría 26 años de edad, aun cuando existía un escrito de solicitud de emisión de la convocatoria de veintitrés de septiembre del año en curso presentado por el promovente.

Ante ello, los magistrados de la Sala Regional consideraron que el instituto político debió responder de manera pronta a la petición solicitada por el promovente en un “breve término”, pues dicha omisión no debe depararle perjuicio a la esfera jurídica del actor, al tratarse de actos omisivos atribuibles al propio partido, restringiendo su derecho fundamental de votar y ser votado, pues lo hizo valer cuando tenia la edad correspondiente para participar en la contienda.

Dado lo anterior, el Pleno de la Sala Regional Xalapa determinó como conducente permitir al actor participar en el proceso de elección de Secretario de Acción Juvenil en Veracruz de acuerdo con la convocatoria de veinticuatro de octubre del presente año, sin que el requisito de la edad constituya un impedimento para esos efectos, ni aún, en su caso para desempeñar el cargo para el que eventualmente pudiera resultar electo.

Durante la sesión pública, el magistrado presidente de la Sala Regional, Adín Antonio de León Gálvez, indicó que no obstante que la referida convocatoria prevé como fecha de la elección el próximo veintitrés de noviembre, ello no le impide al promovente participar en la asamblea estatal en ejercicio de su derecho al voto, tanto activo como pasivo, toda vez que, el retraso en la emisión de la convocatoria no le es imputable, sino que ello se debió a una conducta omisa del instituto político en el que milita.

Por su parte, el magistrado Juan Manuel Sánchez Macías externó que el partido debía de llevar a cabo, una vez pasado los supuestos impedimentos generados por el proceso electoral y cuestiones de organización en su vida interna, las primeras acciones para la emisión de la convocatoria y la celebración del proceso electivo para la Secretaría de Acción Juvenil, la cual se encontraba acéfala, más aun si el actor había hecho valer su derecho cuando tenia la edad correspondiente de acuerdo con los estatutos.

Por último, el magistrado Octavio Ramos Ramos planteó que la naturaleza de los partidos políticos es la de una entidad de interés público, y al tener ese matiz participa en la renovación democrática de los poderes, pero también de la preservación y garantía de los derechos fundamentales de sus militantes y de cualquier ciudadano, por lo que no era razonable el que no hubiera dado una respuesta oportuna sobre la emisión de la convocatoria en los términos que le dieran la posibilidad al militante de participar o de inconformase respecto de las razones que daba el partido político.

En la sesión pública de resolución de este viernes se analizaron y resolvieron cuatro juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

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