LA SALA REGIONAL GUADALAJARA ORDENA A LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE PRERROGATIVAS Y PARTIDOS POLÍTICOS DEL INE DÉ RESPUESTA A UNA SOLICITUD
3 /octubre /2014 / Sala Regional Guadalajara 53/2014
Guadalajara, Jalisco
El actor en esencia afirmó que el 31 de julio solicitó la sustitución de consejeros estatales en Chihuahua del emblema denominado “Nuevo Sol”, sin que a la fecha de presentación de su demanda se le haya dado respuesta.
En el proyecto votado por unanimidad, el pleno de la Sala Guadalajara declaró fundado el agravio vertido por el actor, y en consecuencia, existente la omisión reclamada, por lo que ordenó a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE, que dentro del plazo de 24 horas, contado a partir de la notificación de la ejecutoria, emita una contestación a la referida solicitud de sustitución, y la notifique al ciudadano, además de que informe de su cumplimiento dentro de las 24 horas siguientes a la Sala Regional Guadalajara.
En ese sentido, con base en la reforma constitucional en materia político-electoral de este año, los partidos políticos nacionales pueden convenir con el INE para que éste organice las elecciones internas de sus dirigencias, cuando así lo soliciten, razón por la cual el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y el INE, celebraron un convenio de colaboración, de ahí que esta Sala Regional haya conocido del mencionado asunto.
En la sesión pública celebrada el tres de octubre de 2014, la Sala Regional Guadalajara resolvió un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.