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ACORTA TEPJF BRECHA DE DESIGUALDAD ENTRE COMUNIDADES INDÍGENAS Y SOCIEDAD: PENAGOS LÓPEZ

28/abril /2014 / Sala Superior 123/2014

México, D. F.

  • Las sentencias del Tribunal Electoral respetan usos y costumbres de los pueblos originarios

A través de la flexibilización de las disposiciones legales al impartir justicia en asuntos relacionados con las comunidades indígenas, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha acortado la brecha de desigualdad entre ese sector y la sociedad en general, afirmó Pedro Esteban Penagos López, magistrado de la Sala Superior.

Al participar en el seminario Derecho Indígena y Justicia Electoral, realizado en la Sala Regional Distrito Federal, enfatizó que la visión del funcionario encargado de resolver dichos juicios debe ser práctica y apegada a la realidad, atendiendo en todo momento al principio de igualdad consagrado en la Constitución federal.

En presencia de Janine Otálora Malassis, magistrada presidenta de esa instancia jurisdiccional, quien moderó el encuentro; Ana Mireya Santos López, presidenta del Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca (TEEPJO), y Arturo Pacheco Bedolla, presidente del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEG), aseguró que la aplicación de la norma no es mecánica, sino que requiere de la reflexión en el caso concreto.

En este sentido, el Magistrado señaló que en todas las Salas que integran el máximo organismo jurisdiccional del país en materia electoral se han sustentado criterios en los que se reconoce el amplio abanico cultural de la nación mexicana y se respetan los usos y costumbres de las comunidades indígenas.

Sin embargo, alertó que los sistemas normativos internos serán observados siempre y cuando garanticen el respeto a los derechos humanos establecidos en la Carta Magna y en los tratados internacionales firmados por el país. En el tema electoral, precisó que la normatividad de las comunidades indígenas debe garantizar la participación de las mujeres en condiciones de equidad.

Recordó que en fechas recientes, la Sala Superior del TEPJF estableció como obligación del juez en la materia la suplencia de la queja en casos concretos que involucren a integrantes de esas comunidades. Por lo anterior, los magistrados electorales tienen el encargo de advertir si una conducta se apega o no a la legalidad, aunque el inconforme no precise claramente el acto como una violación en su perjuicio.

Penagos López refirió que, atendiendo a las condiciones propias de cada actor involucrado en un juicio electoral, también se han ampliado los plazos para la presentación de recursos legales, al advertir que las comunidades deben ser auxiliadas para superar límites territoriales, económicos e incluso educativos. “No se puede romper la ley, pero sí adecuarla para que resulte justa al caso concreto”.

La impartición de justicia debe fomentar la evolución de los sistemas normativos indígenas

El magistrado Penagos López destacó que los sistemas normativos de las comunidades indígenas deben evolucionar, por lo que el juez tiene la responsabilidad de atender a los usos, más que a las costumbres de estas agrupaciones.

Lo anterior, precisó, debido a que el respeto irrestricto de las costumbres presenta el riesgo de hacer prevalecer disposiciones pétreas, atemporales o que se conviertan en anclas que impiden el desarrollo de las comunidades.

Durante su intervención, la magistrada Santos López exhortó a que los jueces encargados de impartir justicia en materia indígena sean capaces de abrir sus mentes y “hacer Derecho de maneras distintas”. En este sentido, reconoció la labor del TEPJF, pues con sus resoluciones ha sido garante de los derechos de los pueblos y comunidades ancestrales.

Por su parte, Pacheco Bedolla destacó la importancia de los criterios establecidos por el Tribunal Electoral, pues amplían la procedencia de recursos jurídicos, garantizando y protegiendo a esos conglomerados demográficos.

Al seminario, realizado en el Salón de Plenos de la Sala Regional Distrito Federal, asistieron funcionarios del organismo jurisdiccional, estudiantes universitarios e interesados en la materia.