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SALA MONTERREY CONFIRMA LOS CÓMPUTOS DE LAS ELECCIONES DE CONSEJEROS ESTATALES DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA EN GUANAJUATO Y SAN LUIS POTOSÍ

30/septiembre/2014 / Sala Regional Monterrey 35/2014

Monterrey, Nuevo León

  • Confirma los cómputos de las elecciones de consejeros municipales y estatales del PRD en Guanajuato y San Luis Potosí así como los resultados de la elección de presidente del Comité Directivo Municipal del PAN en Valle Hermoso, Tamaulipas.
  • Se ordena al registro federal de electores del INE expedir credenciales para votar con georreferenciación correcta de ciudadanos de Monterrey, Nuevo León.
  • Al resolver juicio ciudadano de la agrupación política “Potosinos en Lucha”, se reafirma criterio de la Sala Superior respecto a que las sanciones económicas se calculan con base en la situación financiera real del infractor: Sala Monterrey.

 Durante la sesión pública de 30 de septiembre de 2014, los magistrados integrantes de la Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmaron los cómputos realizados por el Instituto Nacional Electoral (INE) de las elecciones de los consejeros estatales y municipales del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en las entidades de San Luis Potosí y Guanajuato.

Al dictar sentencia en los juicios ciudadanos SM-JDC-244/2014, SM-JDC-251/2014 y SM-JDC-252/2014, la Sala Monterrey determinó confirmar los cómputos realizados por las Juntas Distritales Ejecutivas del INE, ubicadas en Matehuala, San Luis Potosí y León, Guanajuato pues consideró que los actores no lograron probar las irregularidades alegadas para anular la votación de las casillas impugnadas.

Asimismo, al discutir el proyecto SM-JDC-243/2014 propuesto por el Magistrado Marco Antonio Zavala Arredondo, la Sala Monterrey confirmó los resultados de la elección de presidente del Comité Directivo Municipal del Partido Acción Nacional (PAN) en Valle Hermoso, Tamaulipas. En el análisis del juicio presentado por el ciudadano Darío Martínez Fuentes, quien ocupó el segundo lugar en la elección, los magistrados refirieron que si bien tanto la instancia del partido como el tribunal local reconocieron la existencia de errores e inconsistencias en el acta de la asamblea, éstos eran insuficientes para anularla, pues fueron atribuidos a la impericia y a la carga de trabajo de quien se encargó de su llenado, y no a irregularidades ocurridas durante la asamblea. Además, indicaron que con las pruebas aportadas, no se había demostrado la compra y coacción del voto.

Revocan determinación del INE y ordenan que expida credenciales para votar con la georreferenciación correcta de ciudadanos en Monterrey, Nuevo León.

Al resolver los juicios ciudadanos SM-JDC-247/2014 y SM-JDC-248/2014, la Sala Monterrey ordenó a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del INE a expedir a los ciudadanos Ada Carina Cadena Nieves y Antonio Héctor Lozano de la O, su credencial para votar con domicilio en Monterrey, y no en el municipio de García, pues determinó que había una incorrecta georreferenciación por parte de la autoridad.

Con elementos presentados por los actores, tales como los planos impresos emitidos por la autoridad competente en la materia, los magistrados pudieron corroborar que su domicilio pertenece al municipio de Monterrey, aun cuando la autoridad argumentase que la cartografía electoral no había sido modificada. Con esta determinación, los ciudadanos podrán ejercer el derecho a voto a favor de las autoridades municipales que corresponden a su domicilio.

Reafirma que las sanciones económicas deben calcularse en razón de la situación financiera real del infractor.

En la misma sesión pública, la Sala Monterrey resolvió el juicio ciudadano SM-JDC-250/2014 presentado por la agrupación política estatal “Potosinos en Lucha” contra la sanción que le impuso el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de San Luis Potosí (CEEPAC) el pasado 30 de junio, y determinó revocarla, pues consideró que en la individualización de la misma no se tomó en cuenta una sanción económica pre-existente, ni que el consejo estatal había sido omiso en entregarle el financiamiento público que mensualmente le corresponde por ley, desde el mes de mayo del presente año.

Al discutir el proyecto de sentencia propuesto por el Magistrado Yairsinio David García Ortiz, la Sala Monterrey le dio la razón a la actora, al reconocer que, como lo ha precisado la Sala Superior, una de las condiciones socioeconómicas que se debe apreciar a efecto de mantener el equilibrio entre la multa que se fija y la capacidad financiera del responsable, es la relativa a la existencia de sanciones pendientes por cubrir. Es así, que ordenó al tribunal electoral local emitir una nueva sanción, analizando las condiciones socioeconómicas de la agrupación política estatal. A su vez, le ordenó reunir los elementos que le permitieran pronunciarse respecto de la omisión del CEEPAC de entregarle a la agrupación política estatal el financiamiento que le corresponde por ley.

Por último, durante la sesión, los magistrados determinaron desechar 131 juicios ciudadanos en los cuales militantes del PAN reclamaban la omisión del Tribunal Local de Tamaulipas de resolver diversas impugnaciones, pues la referida autoridad jurisdiccional dictó la sentencia correspondiente el 25 de septiembre pasado.


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