header

FISCALIZACIÓN DE LOS INFORMES DE PRECAMPAÑA DE INGRESOS Y GASTOS DE PRECANDIDATOS DE MORENA EN COAHUILA DE ZARAGOZA

7 /junio /2017 / Sala Regional Monterrey 26/2017

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federa

 
• La Sala Regional Monterrey confirmó el dictamen consolidado y la resolución del Consejo General del INE, respecto de las irregularidades encontradas de la revisión de los informes de precampaña de los ingresos y gastos de los precandidatos de MORENA, correspondientes al proceso electoral local ordinario 2016-2017, en Coahuila de Zaragoza.

 La Sala Regional Monterrey, al resolver sobre el recurso de apelación interpuesto por MORENA, analizó si la autoridad responsable valoró debidamente la documentación presentada por el partido, para acreditar el gasto por diversos espectaculares colocados en vía pública a favor de uno de sus precandidatos a presidente municipal, del que derivó la sanción impuesta; asimismo, determinó que fue el apelante quien no aportó en tiempo y forma el soporte necesario para justificar la cantidad pagada, pues aun y cuando ante esta Sala ofreció como pruebas una factura, así como el contrato de prestación de servicios, lo cierto es que no pudieron ser tomados en cuenta por este órgano jurisdiccional, en razón de que omitieron exhibirlos al dar respuesta al requerimiento de la Unidad Técnica del citado Instituto.

En la misma sesión, la Magistrada y los Magistrados desecharon la demanda promovida contra la resolución de la Comisión Estatal Revisora de Recursos de la Confederación Nacional de Organizaciones Populares (CNOP) en San Luis Potosí, que desechó el recurso interno para la protección de los derechos de integrantes y militantes, en el que se controvirtió la convocatoria para celebrar el pleno estatal ordinario de esa confederación relativo a la participación en el proceso de elección de delegados que ejercerán funciones en el periodo 2017-2021, en virtud de que el acto reclamado no es de naturaleza electoral, dado que no se trata de una actuación que afecte algún derecho de participación político-electoral, ya que fue emitido por una asociación civil adherida a un partido político, cuyas actividades no son promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la representación nacional o bien el acceso de los ciudadanos al ejercicio del poder público.

Durante la sesión pública, este órgano de decisión resolvió 1 juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y 2 recursos de apelación, que hacen un total de 3 medios de impugnación.

La Sala Monterrey del TEPJF es la instancia federal encargada de impartir justicia electoral dentro de la segunda circunscripción electoral que comprende los estados de Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas. Está integrada por la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, quien la preside, los magistrados Yairsinio David García Ortiz y Jorge Emilio Sánchez-Cordero Grossmann.

Síguenos en Twitter @TEPJF_MTY y Facebook /SalaMonterreyTEPJF
http://sitios.te.gob.mx/srm