SALA XALAPA REVOCA SENTENCIA DEL TEV Y DETERMINA QUE FELIPE GUZMÁN FLORES NO SERÁ CANDIDATO A LA TERCERA REGIDURÍA DEL PRI XALAPA, VERACRUZ
17/mayo /2017 / Sala Regional Xalapa 21/2017
Xalapa de Enríquez, Veracruz
• Declara la validez de la elección de concejales del ayuntamiento de Santa María Sola, Sola de Vega, Oaxaca.
-----------------------------------------------------------------
En la sesión pública de resolución de diecisiete de mayo de 2017, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la resolución del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) que desechó la demanda de Felipe Guzmán Flores, ello, al resolver el juicio ciudadano para la protección de los derechos político-electorales 423, de este año.
En estima de los magistrados federales, se vulneró el principio de exhaustividad al no haberse tomado en consideración el medio de prueba presentado por el actor para acreditar su calidad de precandidato por parte del Partido Revolucionario Institucional (PRI).
Por otra parte, ante lo avanzado del proceso electoral, y en plenitud de jurisdicción, el Pleno de la Sala determinó infundada la pretensión del actor para ser candidato a la regiduría tercera de Xalapa, ya que el documento a través del cual pretendía acreditar su calidad de precandidato no era el medio idóneo y eficaz para ello, en virtud de no haber sido presentado ante el órgano encargado de determinar las postulaciones, aún estando en tiempo.
Sala Xalapa confirma exclusión de Francisco Hernández Toriz como candidato a cuarto regidor propietario para el ayuntamiento de Xalapa, Veracruz
En la misma sesión pública de resolución, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución CJE/JIN/076/2017 emitida el pasado tres de mayo por la Comisión Jurisdiccional Electoral del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional, que confirmó el acuerdo CPN/SG/14/2017 de designación de candidaturas para los ayuntamientos en el estado de Veracruz, y a su vez, declaró infundados los agravios hechos valer por Francisco Hernández Toriz al confirmar su exclusión como candidato a cuarto regidor propietario para el ayuntamiento del municipio de Xalapa.
Al resolver el juicio ciudadano 413 del presente año, promovido por Hernández Toriz, los magistrados federales declararon infundada la pretensión que consistía en tener un derecho adquirido para ser postulado como regidor con base en una supuesta publicación de candidatos en donde ocupaba la regiduría pretendida; lo anterior es así porque el partido político, a través de una fe de erratas, modificó las postulaciones como resultado de la designación directa de candidatos en ejercicio de su libre autodeterminación.
Sala Regional Xalapa declara la validez de la elección de concejales del ayuntamiento de Santa María Sola, Sola de Vega, Oaxaca
En otro tema, en la sesión pública de resolución de diecisiete de mayo de 2017, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) que confirmó el acuerdo IEEPCO-CG-SIN-363/2016 del Instituto local, y con ello, declaró la validez de la asamblea general comunitaria de elección de veinticinco de diciembre de 2016, de concejales al ayuntamiento del municipio de Santa María Sola, Sola de Vega, Oaxaca.
Lo anterior, al resolver el juicio ciudadano 150, promovido por habitantes del municipio en comento; el Pleno de la Sala consideró que les asiste la razón a los actores en virtud de que, del análisis del material probatorio y el contexto sobre el cual se desarrolló el proceso electivo, al llevar a cabo la elección no se vulneró el principio de universalidad del sufragio, pues se garantizó la participación de los habitantes de la cabecera municipal y de la agencia de policía de Texcoco.
Asimismo, se determinó que el hecho de que la elección no se haya realizado en la cabecera sino en la agencia de Santa Rosa Matagallinas, no era motivo suficiente para que el Tribunal local declarara la nulidad de los comicios, aún y cuando no se hubiera continuado con las mesas de diálogo.
En la sesión pública de resolución de este miércoles diecisiete de mayo de dos mil diecisiete, se resolvieron 12 medios de impugnación; de los cuales, once fueron juicios ciudadanos y un juicio electoral.
-o-
Síguenos en Twitter @TEPJF_XAL y por el Blog de la Sala Regional Xalapa portales.te.gob.mx/salas/salas/3
Asimismo, visita el canal de YouTube Sala Regional Xalapa.