LA SALA ESPECIALIZADA SANCIONA AL PAN EN EL ESTADO DE MÉXICO POR UTILIZAR INDEBIDAMENTE SU PAUTA Y AFECTAR EL INTERÉS SUPERIOR DE MENORES DE EDAD
4 /mayo /2017 / Sala Regional Especializada 23/2017
CDMX
La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sancionó al Partido Acción Nacional (PAN) por utilizar indebidamente su pauta con la difusión del promocional denominado Microbús durante la etapa de intercampaña.
Lo anterior, toda vez que los promocionales contienen propaganda electoral y no de tipo genérico, como corresponde a la etapa de intercampaña, ya que no solo se hace una crítica al gobierno del Estado de México, sino que se enfocan en formar una idea o imagen negativa del partido político oponente y empatía hacia otra fuerza política.
Respecto de la aparición de menores de edad en el promocional televisivo, este órgano jurisdiccional señaló que no se cumple con la condición básica para utilizar su imagen, porque se les ubica en una escena de violencia y tensión social, lo que los coloca en una situación de vulnerabilidad.
En cuanto al alojamiento del promocional en Facebook, se consideró pertinente hacer un pronunciamiento ante un potencial riesgo o afectación del interés superior del menor, como en el caso sucedió.
En su intervención, Gabriela Villafuerte Coello indicó que el sólo contexto del promocional es suficiente para considerar que se vulneró el interés superior de los menores de edad, porque se les ubicó en una escena de violencia; además, no se cumplió de manera idónea con los requisitos para usar su imagen.
Añadió que si bien el promocional da cuenta de una situación de inseguridad que se vive en el Estado de México, no podemos pasar por alto que la vía que eligió el partido político para evidenciar estos hechos reprobables, fue reproducir escenas violentas; lo que también expone a las audiencias a un entorno de violencia de manera innecesaria.
Respecto al material alojado en la red social Facebook, precisó que si bien dicho medio es libre, en este caso, por el contexto del propio material, lo conveniente sería hacer un llamado o invitación a actuar con conciencia, responsabilidad y prudencia en este tipo de espacios.
Por su parte, el magistrado presidente Clicerio Coello Garcés, coincidió en que el promocional hace un llamamiento a votar en contra de otro partido político en un periodo en el que no está permitido; aunado a que el spot televisivo utiliza la imagen de tres menores de edad en un contexto de violencia, por lo que destacó la importancia de cuidar la forma en que se difunden tales contenidos en los medios de comunicación social.
-0-
Síguenos en Twitter @TEPJF_Esp, y en
www.facebook.com/SalaEspecializadadelTEPJF