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LA SALA ESPECIALIZADA SANCIONA AL PAN POR VULNERAR LA NORMATIVA ELECTORAL DURANTE EL PERIODO DE INTERCAMPAÑAS EN EL ESTADO DE MÉXICO

20/abril /2017 / Sala Regional Especializada 21/2017

CDMX

• El spot del PAN implicó la transmisión de propaganda distinta a la genérica para el periodo de intercampañas.

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sancionó al PAN por actualizar la infracción de uso indebido de la pauta, ello con motivo de su promocional denominado Intercampaña Edomex difundido para esa etapa del proceso electoral.

Por unanimidad, el Pleno determinó que el contenido del spot no corresponde con el tipo y características de la propaganda que debe difundirse en el referido periodo, es decir, no es de tipo genérica, ya que de su contenido se advierte que invita implícitamente a votar en contra del PRI, al señalar que: “Llegó el momento de cambiarlos. Como en Veracruz, Chihuahua, Tamaulipas, Quintana Roo, Durango y Aguascalientes”, entre otras afirmaciones en este sentido.

En ese tenor, se sostuvo que las frases utilizadas en el spot tienen el propósito de lograr un posicionamiento del PAN, ya que no se transmitía un mensaje neutro alusivo a una campaña informativa del partido político, sino que se pretendía obtener el apoyo por parte de la ciudadanía en la etapa de intercampañas, lo cual está prohibido en la legislación electoral.

Respecto del incumplimiento a las medidas cautelares, la Sala Especializada consideró que no se actualizaba la infracción, pues si bien la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó suspender la trasmisión del promocional; posteriormente, la Sala Superior ordenó revocar las medidas cautelares otorgadas, porque de un estudio preliminar consideró una indebida valoración por parte de la autoridad responsable.

En este asunto, Gabriela Villafuerte Coello emitió voto particular en el tema del incumplimiento de la medida cautelar ordenada por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, ya que, en su opinión, debía analizarse si los concesionarios de radio y televisión atendieron o no esa determinación.

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