LA SALA REGIONAL XALAPA INVALIDA LA ELECCIÓN MUNICIPAL DE REYES ETLA, OAXACA
7 /abril /2017 / Sala Regional Xalapa 14/2017
Xalapa - Enríquez, Veracruz
• Confirma el “Manual para el desarrollo de la sesión de cómputo municipal para la elección de ediles de los ayuntamientos para el proceso electoral 2016-2017 en el Estado de Veracruz”
En la sesión pública de resolución de siete de abril de la presente anualidad, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al resolver el juicio ciudadano 165, promovido por Francisco Heberto Chávez y otros 127 ciudadanos indígenas, revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca que confirmó la validez de la elección municipal de Reyes Etla.
Los magistrados federales invalidaron la elección municipal ya que no se contó con la participación de todas las agencias que lo integran. Al emitir la sentencia motivo del disenso, el Tribunal local no consideró el contexto integral del municipio de Reyes Etla, pues a partir de la última elección municipal, se tenía conocimiento de la intención de las agencias municipales para participar en las asambleas electivas, ya que históricamente no lo venían haciendo, y pese a ello, no se emprendieron, con la debida anticipación, las acciones tendentes para incluir a dichas agencias, a pesar de que en el 2014, la Sala Superior de este Tribunal los conminó a iniciar los trabajos atinentes.
De las constancias que obran en el expediente, no se acreditó que se hubiera realizado el perifoneo; se notificara a las agencias; y se fijara la convocatoria en diversos lugares de acceso común; lo que puso en duda la debida difusión de dicha convocatoria para la elección. Lo anterior, porque transcurrieron menos de 24 horas entre la emisión de la convocatoria (29 de diciembre a las 22:00 horas) y la elección (30 de diciembre siguiente).
La Sala Regional Xalapa confirma diversas elecciones de ayuntamientos y de agencias municipales en Oaxaca
En la misma sesión pública, la Sala Regional Xalapa confirmó la validez de las elecciones municipales de San Miguel Chimalapa; San Dionisio Ocotepec, Tlacolula; San Marcial Ozolotepec; San Francisco Chindúa; San Juan de los Cués; Santiago Amoltepec; Santa Catarina Lachatao, Ixtlán de Juárez, y San Agustín de las Juntas, todos del estado de Oaxaca.
Asimismo, la Sala Xalapa confirmó la validez de las elecciones de las agencias municipales de Cieneguilla, San Sebastián Río Hondo, Miahuatlán y Guadalupe Victoria, San Juan Juquila Mixes, Oaxaca.
La Sala Regional Xalapa confirmó el “Manual para el desarrollo de la sesión de cómputo municipal para la elección de ediles de los ayuntamientos para el proceso electoral 2016-2017 en el Estado de Veracruz”
En la sesión pública de resolución de siete de abril de 2017, al resolver el juicio de revisión constitucional electoral 28, promovido por Movimiento Regeneración Nacional (MONERA), la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución emitida por el Tribunal Electoral de Veracruz, relativa a la aprobación del “Manual para el desarrollo de la sesión de cómputo municipal para la elección de ediles de los ayuntamientos para el proceso electoral 2016-2017 en el Estado de Veracruz”, efectuado por el Consejo General del Organismo Público Electoral Local de Veracruz (OPLEVER).
En la demanda, el partido actor afirmó que el Tribunal local y el OPLEVER confundieron el recuento parcial de votos con el recuento total de la votación, en el manual respectivo; sin embargo, el Pleno de la Sala Regional determinó que dicho instrumento explica con claridad los casos en que procede uno y otro, sin que se introduzcan nuevas hipótesis de recuento o cause confusión sobre la temporalidad del procedimiento de escrutinio y cómputo, pues su finalidad es la de explicar de manera sencilla dicho procedimiento.
A partir de lo anterior, se arribó a la conclusión de que el Manual no pone en duda los principios rectores del proceso electoral en Veracruz, ya que es una herramienta que sirve como guía de apoyo a los funcionarios electorales que tendrán la tarea de realizar los cómputos municipales.
En la sesión pública de resolución de este viernes, se analizaron y resolvieron 106 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, un recurso de apelación y un juicio de revisión constitucional electoral, en total 108 medios de impugnación.
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