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SALA REGIONAL TOLUCA NO PUEDE CONOCER DE ACUERDO CONTROVERTIDO, HASTA QUE EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE HIDALGO SE PRONUNCIE AL RESPECTO

29/marzo /2017 / Sala Regional Toluca 10/2017

Toluca de Lerdo, Edo., de Méx., a

 En sesión pública celebrada en esta fecha, la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió un juicio electoral que se formó derivado de un medio de impugnación promovido por uno de los integrantes del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo, en el que dio vista a la Procuraduría General de Justicia de esa entidad federativa, por considerar que había hechos que podían ser constitutivos de delito.

Dicho acuerdo fue recurrido por los ciudadanos involucrados ante el tribunal electoral local en Hidalgo, y derivado de esa impugnación, el tribunal responsable formuló ante la Sala Regional Toluca una consulta de competencia.

La Sala Regional, en sesión privada determinó que carece de atribuciones para conocer sobre consultas competenciales formuladas por los tribunales locales.

Posteriormente, los actores presentaron un medio de impugnación ante la Sala Regional, en contra del mismo acuerdo, no obstante, está pendiente que el Tribunal Electoral local, resuelva lo conducente respecto del mismo acto impugnado, en consecuencia, se sobreseyó el juicio.

Otro asunto resuelto en la sesión pública fue un juicio ciudadano promovido ante la negativa del Vocal del Registro Federal de Electores de la Junta Distrital 21 del Instituto Nacional Electoral en el Estado de México, que declaró improcedente la solicitud de expedir su credencial para votar a un ciudadano.

Al respecto, se aclaró que la expedición de la credencial implicaba modificaciones al Padrón, pues el actor solicitó el cambio de domicilio, aunado a que su antigua credencial ya no era vigente, y que tales modificaciones solo podían hacerse hasta el 15 de enero, derivado del proceso electoral en curso en la entidad, en atención al convenio celebrado entre el INE con el Instituto Electoral del Estado de México, mismo que fue debidamente publicado.

El actor acudió al módulo hasta el 14 de marzo, evidentemente fuera del plazo establecido para ello, en consecuencia, se confirmó la negativa de expedirle su credencial para votar, dejando a salvo sus derechos para que acuda a realizar su trámite a partir del día siguiente de la jornada electoral del próximo 4 de junio a celebrarse en el Estado de México.

En la sesión pública se resolvió un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y un juicio electoral.

La sesión pública puede consultarse en la página de internet www.portal.te.gob.mx y en la página www.youtube.com /Sala Regional Toluca del TEPJF.

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Quinta Circunscripción
Colima, Hidalgo, Estado de México y Michoacán