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TRIBUNALES ELECTORALES CARECEN DE COMPETENCIA PARA PRONUNCIARSE RESPECTO DE PRESTACIONES LABORALES DE LOS TRABAJADORES DE LOS INSTITUTOS LOCALES

28/marzo /2017 / Sala Regional Monterrey 10/2017

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federa

 
• La Sala Regional Monterrey modificó la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Querétaro, en virtud de que no es competente para resolver cuestiones de naturaleza laboral, incluso tratándose de trabajadores del instituto electoral local.

 El Pleno de la Sala Monterrey modificó la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Querétaro, al estimar que esa autoridad local no es competente para pronunciarse respecto de las prestaciones laborales derivadas del vínculo de trabajo entre la actora como trabajadora del instituto, ya que las relaciones de ese tipo se rigen por la Ley de los Trabajadores del Estado, y corresponde al Tribunal de Conciliación y Arbitraje resolver las controversias de esta naturaleza.

En la misma sentencia, la Magistrada y los Magistrados resolvieron que el instituto local no tiene relación laboral con los consejeros electorales, en razón de que no existe subordinación, pues una vez que son nombrados por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, ejercen su función de forma autónoma, independientes en sus decisiones, sin estar bajo el mando de ningún otro funcionario de ese órgano, por tanto el instituto local no tiene obligación de pagarles prestaciones que deriven de ese tipo de vínculo debido a que por ley, únicamente corren a favor de los trabajadores subordinados.

En otro asunto, se desechó el juicio ciudadano promovido por el aspirante a candidato independiente a presidente municipal para el Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila, contra la sentencia dictada por el tribunal electoral local, al haberse presentado fuera del plazo de cuatro días, previsto en la Ley General de Medios de Impugnación, relacionado con la improcedencia de su solicitud de registro como aspirante al mencionado cargo.

Durante la sesión pública, la Sala Monterrey resolvió 3 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

La Sala Monterrey del TEPJF es la instancia federal encargada de impartir justicia electoral dentro de la segunda circunscripción electoral que comprende los estados de Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas. Está integrada por la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, quien la preside, los magistrados Yairsinio David García Ortiz y Jorge Emilio Sánchez-Cordero Grossmann.

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