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LA SALA REGIONAL XALAPA CONFIRMA ELECCIONES MUNICIPALES DE SAN RAYMUNDO JALPAN; SANTIAGO YOLOMÉCATL, TLAXIACO; SAN PEDRO TEUTILA, CUICATLÁN DEL ESTADO DE OAXACA

24/febrero /2017 / Sala Regional Xalapa 8/2017

Xalapa - Enríquez, Veracruz

• Se confirman elecciones de agencias municipales de policía en Santa Cruz Corunda y Reyes Mantecón, San Bartolo Coyotepec, Centro.
• Ordena entrega de oficina y cheque de pago a síndica municipal de Hunucmá, Yucatán.

En la sesión pública de resolución de 24 de febrero de 2017, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) analizó distintas impugnaciones presentadas a fin de controvertir diversas sentencias emitidas por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) relativas a las elecciones de concejales de los ayuntamientos de San Raymundo Jalpan; Santiago Yolomécatl, Tlaxiaco; San Pedro Teutila, Cuicatlán del estado de Oaxaca.

En lo tocante a la elección de San Raymundo Jalpan, los magistrados federales declararon infundados los agravios hechos valer por Olegario Luis Benítez y otros, al considerar que había sido correcta la decisión del Tribunal Electoral de Oaxaca que declaró la invalidez de la asamblea electiva de 9 de octubre de 2016, y en su lugar dejar como válida la asamblea del 6 de noviembre, toda vez que esta última sí se llevó a cabo de conformidad con el sistema normativo interno que rige en dicha comunidad.

Lo anterior, al resolver el juicio ciudadano identificado con la clave SX-JDC-16/2017.

Respecto a la elección municipal de concejales del ayuntamiento de Santiago Yolomécatl, Tlaxiaco, los magistrados federales declararon como infundado los agravios hechos valer por Zenaido Ramírez Vásquez y otras ciudadanas, quienes controvirtieron el dictamen emitido por la Dirección Ejecutiva de Sistemas Normativos del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de la citada entidad federativa, porque dichos documentos son instrumentos descriptivos o informativos que no resultan obligatorios porque únicamente recopilan la información respecto a las reglas bajo las cuales la asamblea general comunitaria renueva a sus autoridades.

De igual forma desestimaron los disensos relativos a las supuesta irregularidades que relacionadas con el cotejo de la lista de asistencia y el listado nominal de electores de la comunidad, pues en apego al principio de conservación de los actos públicos válidamente celebrados no se puede establecer que las personas que no estuvieran inscritas en dicha lista hubieran votado por la planilla ganadora.

Lo anterior, al resolver el juicio ciudadano identificado con la clave SX-JDC-19/2017.

Por último, en cuanto a la elección municipal de concejales de San Pedro Teutila, Cuicatlán, los magistrados federales declararon que los agravios hechos valer por Raymundo Andrés Paz y otros ciudadanos eran inoperantes y en consecuencia ineficaces para revocar la resolución impugnada por cuanto a señalar la falta de exhaustividad del Tribunal local al haber omitido el análisis del respeto a sus propios usos y costumbres, consistente en la supuesta negativa para permitir votar a algunas personas de la comunidad.

Los magistrados federales consideraron que si bien el Tribunal responsable no analizó la totalidad de las alegaciones primigenias, lo cierto es que, de la revisión del expediente, se advirtió que diversas documentales no se expidieron por personas facultadas para ello, lo cual únicamente resultó en cuestiones indiciarias que se desvanecen al no atender al principio de inmediatez, porque fueron asentadas por personas a las que no les costaron lo hechos motivo de la queja.

Lo anterior, al resolver el juicio ciudadano identificado con la clave SX-JDC-20/2017.



Se confirman elecciones de agencias municipales de policía en Santa Cruz Corunda y Reyes Mantecón, San Bartolo Coyotepec.

En la misma sesión pública, la Sala Regional Xalapa del TEPJF al resolver los juicios ciudadanos 18 y 28 de esta anualidad, promovidos respectivamente por Amado Valentín García Sánchez y Pedro Giménez Dionisio, confirmó las sentencias emitidas por el Tribunal Electoral del estado de Oaxaca (TEEO) mediante las cuales se declaró la validez de las asambleas electivas de las autoridades de las agencias de policía de Santa Cruz Corunda, perteneciente al municipio de Concepción Buenavista, y de Reyes Mantecón, municipio de San Bartolo Coyotepec.

Por cuento hace a la elección de Santa Cruz Corunda los agravios fueron desestimados por que no se acreditó ninguna de las irregularidades consistentes en prohibir la participación de mujeres casadas o haber excluido al actor en la asamblea electiva.

Con relación a la comunidad de Reyes Mantecón, contrario a lo argumentado por el actor, los magistrados de la Sala Xalapa determinaron que el Tribunal Electoral de Oaxaca sí tomó en consideración el contexto social de la comunidad y lo acontecido en las elecciones anteriores. Además, en el expediente quedó acreditado que los habitantes de dicha comunidad tuvieron conocimiento del luchar, día y hora en que tuvo verificativo la asamblea correspondiente.



La Sala Regional Xalapa ordena entrega de oficina y cheque de pago a síndica municipal de Hunucmá, Yucatán.


Por otra parte, en la sesión pública de resolución de 24 de febrero del presente año, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al resolver el cuarto incidente de inejecución de sentencia del juicio ciudadano identificado con la clave SX-JDC-0782/2016, impuso una multa equivalente a cien unidades de medida y actualización a cada uno de los integrantes del cabildo de Hunucmá, Yucatán, por el incumplimiento reiterado a la sentencia dictada por este órgano jurisdiccional electoral federal respecto de la reinstalación de Irene Beatriz Balam Chan en el cargo de síndica municipal, así como el correspondiente pago de sus emolumentos.

Lo anterior, porque pese a que el cabildo ha ordenado la reinstalación en el cargo de Balam Chan, se ha impedido su ejercicio al negarle injustificadamente el acceso a su oficina y tampoco se ha exhibido el cumplimento del pago como previamente esta autoridad jurisdiccional lo había ordenado.

Además de la imposición de la multa, la Sala Regional Xalapa ordenó que el próximo 6 de marzo del año en curso, a las 10:00 horas, el presidente del municipio en comento realice la entrega material de las oficinas y del cheque de pago respectivo a Irene Beatriz Balam Chan, debiéndole otorgar todas las garantías y facilidades para el desempeño de su cargo; apercibiéndolo de que en caso de volver a incumplir con el mandato de esta autoridad, se impondrá una nueva multa y se dará vista al H. Congreso del Estado para los efectos constitucionales a los que haya lugar.

En la sesión pública de resolución de este viernes, se analizaron y resolvieron 21 juicios para la protección de los derechos político-electoral del ciudadano, tres juicios electorales y un incidente de inejecución de sentencia, en total veinticinco medios de impugnación.


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